Gipuzkoa

Arrasate: luz verde a la primera ordenanza de terrazas

La normativa, aprobada por unanimidad, establece criterios de ubicación, horarios y sanciones para ordenar el uso del espacio público, y la convivencia entre la actividad hostelera y los vecinos
Imagen de la terraza de un establecimiento hostelero.
Imagen de la terraza de un establecimiento hostelero. / Goiena.

Actualizado hace 40 segundos

El Pleno ha dado luz verde esta semana, de manera inicial y por unanimidad, a la nueva ordenanza de terrazas, una normativa muy demandada que busca equilibrar la actividad exterior de bares con el descanso vecinal y el uso adecuado del espacio público. La norma, cuyo nombre completo es Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Calle con Elementos Hosteleros y Comerciales en las Zonas de Uso Público de Arrasate, regulará por primera vez la instalación de terrazas y elementos exteriores en el municipio, estableciendo criterios claros sobre ubicaciones, autorizaciones, horarios, mobiliario, tasas, accesibilidad y obligaciones de todas las partes implicadas.

Un proceso de elaboración con participación ciudadana

La edil Garazi Etxeberria explicó que esta ordenanza era "un compromiso del plan de Gobierno". Su elaboración ha pasado por varias fases: consulta pública en 2024, redacción del texto este año, sesiones abiertas con la ciudadanía el pasado octubre y una última incorporación de aportaciones que ha dado lugar al documento presentado. Etxeberria subrayó que el aumento del uso de terrazas como espacio de ocio y la necesidad de hosteleros y comerciantes de mostrar sus servicios hacia el exterior han generado en ocasiones "conflictos con la movilidad y el bienestar del vecindario". "El Ayuntamiento debe compatibilizar estos usos, garantizando la accesibilidad, el descanso y la calidad del espacio público", remarcó.

¿Qué regula la ordenanza?

La norma fija por primera vez la ubicación y características de terrazas y elementos auxiliares; la obligatoriedad de garantizar un itinerario peatonal libre de dos metros; la prohibición de apoyar mobiliario en fachadas, salvo excepciones; la definición de módulos y expositores autorizables para comercios; la obligación de mantener visible el plano de la licencia; la simplificación de renovaciones anuales cuando no haya incidencias; y la protección del arbolado, el paisaje urbano y el mobiliario municipal.

Horarios de funcionamiento

En invierno (1 octubre-30 mayo), las terrazas podrán funcionar de 8.00 a 22.30 horas de domingo a miércoles, y hasta las 00.00 de jueves a sábado. En verano (1 junio-30 septiembre), de 8.00 a 23.30 y hasta las 00.30, respectivamente. En fechas especiales, los horarios se amplían hasta las 00.30 y 1.30 horas.

Régimen sancionador

La ordenanza establece un sistema de sanciones: las infracciones leves, con multas de 500 a 750 euros, incluyen, por ejemplo, sobrepasar los horarios hasta una hora, ocupar más superficie de la autorizada, no limpiar la zona tras la retirada de la terraza, almacenar elementos en la vía pública, colocar mobiliario que obstaculice parcialmente el paso peatonal, o no mantener visible el plano de la licencia.

Las infracciones graves, con sanciones de 751 a 1.500 euros y posible suspensión de la licencia por un mes, abarcan instalar terrazas o elementos sin licencia, superar en más de una hora los horarios, obstaculizar accesos a portales o zonas de paso, generar ruidos molestos al montar o desmontar la terraza, carecer de seguro obligatorio o negarse a mostrar la licencia y el plano al personal municipal; en caso de no atender los requerimientos, el personal municipal retirará los elementos, imputando el gasto al titular.

Las infracciones muy graves, con multas de 1.501 a 3.000 euros y privación de la licencia durante tres meses, se refieren a incumplir obligaciones de la licencia causando daños graves a vecinos, usuarios o al espacio público, impedir el uso del espacio por terceros, causar deterioros importantes en mobiliario urbano o elementos del entorno, o cometer dos infracciones graves en un año. La reincidencia puede conllevar la pérdida de la licencia hasta dos años.

Exposición pública

Tras su visto bueno inicial, la ordenanza se publicará en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, abriéndose un periodo de 30 días para alegaciones antes de su aprobación definitiva.

2025-12-12T22:29:35+01:00
En directo
Onda Vasca En Directo