Política

Voto por correo para el 29N: cómo solicitarlo y hasta cuándo se puede enviar

El plazo de solicitud termina el 19 de noviembre y el voto deberá depositarse en Correos antes de que finalice el día 25
Detalle de los votos por correo.
Detalle de los votos por correo. / EP

Actualizado hace 2 minutos

Quienes prevean que no podrán acudir a su mesa el 29N ya pueden solicitar el voto por correo. El plazo está abierto desde el 6 de octubre y el trámite puede hacerse en Correos o por internet.

Cómo solicitarlo

El trámite puede hacerse personalmente en cualquier oficina de Correos, presentando el documento de identidad, o por internet. Para la solicitud telemática se necesita certificado digital o DNI electrónico, además de AutoFirma instalada.

Quienes no puedan desplazarse por enfermedad o incapacidad pueden recurrir a una persona autorizada, con certificación médica oficial y autorización notarial o consular.

Cuándo llega la documentación

La Oficina del Censo Electoral remitirá las papeletas y los sobres al domicilio indicado entre el 9 y el 22 de noviembre. Una vez recibidos, el elector deberá enviar su voto por correo certificado. El último día para depositarlo en Correos será el 25 de noviembre.

¿Se puede votar después en persona?

Conviene distinguir la solicitud y el envío del voto: pedirlo no completa el proceso. Tras recibir la documentación, hay que remitirlo por correo certificado dentro del plazo. Además, una vez aceptada la solicitud, no se podrá votar presencialmente, aunque finalmente se pueda acudir a la mesa.

2026-10-06T15:42:13+02:00
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