El juzgado ha acordado el archivo de la segunda causa abierta contra Juana Rivas por un presunto delito de sustracción de menores, iniciada en 2025 a raíz de una denuncia de su expareja. Su hijo pequeño no regresó con él a Italia tras pasar las vacaciones de Navidad con su madre en Maracena (Granada).
La decisión de la titular de la plaza número 4 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Granada coincide con el criterio de la Fiscalía, que había solicitado el archivo al considerar que las diligencias practicadas no aportaban elementos suficientes para formular una acusación contra Rivas. La resolución destaca que la actuación de la madre se desarrolló a través de los cauces legales y judiciales disponibles. Rivas recurrió las decisiones que consideraba perjudiciales para su hijo y solicitó judicialmente su suspensión.
El auto también tiene en cuenta que, cuando el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada acordó finalmente la entrega del menor para su regreso a Italia, Rivas cumplió la resolución judicial. Según subraya, no se produjeron incumplimientos reiterados posteriores y, una vez requerida judicialmente, procedió a entregar al niño.
No aprecia la gravedad necesaria para el delito
La resolución considera relevante que, cuando se presentó la denuncia, la situación se limitaba al incumplimiento de una resolución civil italiana que estaba siendo recurrida y cuya suspensión se había solicitado judicialmente.
El juzgado concluye que estas circunstancias no alcanzan por sí solas la gravedad necesaria para constituir un delito de sustracción de menores, recogido en el artículo 225 bis del Código Penal, que exige un incumplimiento grave de la resolución judicial y una actuación dolosa.
Además, recalca que las actuaciones posteriores de Rivas y de su representación procesal se llevaron a cabo mediante los procedimientos legalmente previstos y recuerda que, cuando existió un requerimiento efectivo para entregar al menor, este fue cumplido.
“Trataba de proteger a su hijo”
Desde Aránguez Abogados, defensa de Juana Rivas, han valorado una resolución que, según sostienen, después de “una extensa investigación judicial”, permite que “se vaya demostrando la verdad”. “La resolución confirma algo que hemos sostenido desde el inicio, Juana Rivas no actuó al margen de la Justicia, sino utilizando los instrumentos legales y procesales disponibles para tratar de proteger a su hijo”, han señalado sus abogados.
La defensa incide en que Rivas cumplió la entrega cuando existió una resolución judicial que efectivamente la ordenaba y considera significativo que la Fiscalía y el juzgado hayan coincidido en la inexistencia de elementos suficientes para sostener una acusación penal por sustracción de menores.
El auto, fechado el 24 de septiembre de 2026, acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones respecto de Juana Rivas. Mientras tanto, en Italia continúa el juicio contra su expareja, Francesco Arcuri, por un presunto delito de maltrato físico y psíquico a sus hijos.
Una condena anterior por sustracción de menores
Rivas ya fue condenada anteriormente por sustracción de menores después de que en 2016 sacara a sus dos hijos de Italia sin el consentimiento del padre, alegando que huía de una situación de maltrato. En el verano de 2017 permaneció además durante un mes en paradero desconocido con los niños.
El Tribunal Supremo rebajó de cinco a dos años y medio de prisión la pena impuesta, y el Gobierno español le concedió un indulto parcial en 2021 condicionado a que no cometiera el mismo delito durante un plazo de cuatro años. La pena de inhabilitación especial para ejercer la patria potestad sobre sus hijos fue, por su parte, sustituida por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad.