Actualizado hace 8 minutos
El Juzgado de lo Social número 1 de Araba ha determinado que los días de permiso laboral por la intervención quirúrgica de un familiar no terminan cuando este recibe el alta hospitalaria, sino con el alta médica, y pueden ser usados para cuidarlo en casa cuando sea necesario.
Según ha informado CCOO, el juez considera que Correos ha vulnerado el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, relativo a los permisos retribuidos vinculados al cuidado de familiares, al negarse a reconocer cinco días de permiso retribuido a una trabajadora por la intervención quirúrgica de un familiar de primer grado.
Correos obligó a la empleada a recuperar los días
Tras ser operado este familiar, fue enviado a su domicilio con un informe médico en el que se indicaba que iba a requerir cuidados en casa durante 14 días.
Ante esta situación, la empleada de Correos pidió sus cinco días cuando expiró el permiso que había pedido su hermana para poder así prolongar los cuidados domiciliarios a este familiar, han explicado fuentes de este sindicato.
Sin embargo, Correos obligó a la trabajadora a recuperar esos cinco días al entender que el permiso debía disfrutarse exclusivamente desde el día de la intervención.
El permiso no se extingue con el alta hospitalaria
El caso acabó en los tribunales y ahora el Juzgado de lo Social número 1 de Álava ha dado la razón a la trabajadora y ha sentenciado que el permiso no se extingue con el alta hospitalaria, sino con el alta médica, y que "debe concederse mientras exista necesidad de atención, con independencia de que haya o no hospitalización", ha señalado CCOO. Este sindicato ha denunciado la "reiterada falta de voluntad de Correos para aplicar correctamente" este tipo de permisos, lo que "afecta especialmente a las mujeres, mayoritarias en el ejercicio de los cuidados".