Vida y estilo

Los únicos casos en los que se puede circular en moto por el arcén

Aunque se espera que próximamente haya novedades la normativa, a día de hoy en general está prohibido
Una moto adelanta por el arcén derecho a los coches retenidos por un atasco en una autovía. / Magnific

Es una escena habitual en cualquier atasco de una carretera o autovía: los coches avanzan lentamente o permanecen parados y mientras tanto una motocicleta aprovecha el arcén para ganar unos metros y escapar de la retención. Es una práctica muy extendida, pero sigue generando dudas entre muchos conductores: ¿puede una moto circular legalmente por el arcén?

La respuesta, a día de hoy, es clara: no. Circular con una motocicleta por el arcén continúa siendo una infracción sancionable con una multa de 200 euros, salvo en situaciones muy concretas recogidas en la normativa. Así lo recuerda el Real Automóvil Club de España (RACE), que explica que esta histórica reivindicación del colectivo motorista todavía no se ha convertido oficialmente en ley.

Cuándo sí puede usar el arcén

La normativa actual únicamente contempla algunas excepciones que tienen que ver con emergencias. Por ejemplo, cuando la motocicleta sufre una avería que le permite seguir circulando hasta un lugar seguro, el conductor puede utilizar el arcén derecho a velocidad reducida y señalizando la maniobra con las luces de emergencia o con el intermitente derecho. También puede ocurrir en tramos afectados por obras o en situaciones especiales de regulación del tráfico en las que la circulación invada parcialmente el arcén.

Además, determinados vehículos están autorizados a circular por el arcén en circunstancias concretas, como bicicletas, vehículos de seguimiento ciclista, vehículos agrícolas o vehículos averiados, siempre respetando las condiciones establecidas por el Reglamento General de Circulación.

Fuera de las excepciones previstas por la ley, las motocicletas no pueden circular por el arcén en situaciones en las que muchos lo hacen, como para adelantar coches retenidos en un atasco; para evitar una retención en autovías o autopistas, para circular más rápido que el tráfico detenido o lento; o para incorporarse antes a una salida. Y tampoco para hacer filtering en carretera, es decir, avanzar entre coches cuando hay atasco. La ley sólo permite esta maniobra en vías urbanas y con los vehículos detenidos, siempre sin invadir el sentido contrario.

La DGT prepara cambios

Sin embargo, la situación podría cambiar pronto, durante este mismo 2026. La Dirección General de Tráfico (DGT) lleva tiempo trabajando en una modificación del Reglamento General de Circulación que permitiría a las motocicletas circular por el arcén derecho en determinadas circunstancias, especialmente en retenciones y atascos.

Según la información avanzada por distintos medios especializados y por la propia revista de la DGT, la futura normativa permitiría esa circulación siempre bajo varias condiciones. La principal sería no superar los 30 kilómetros por hora y además habría que respetar la prioridad de otros vehículos que ya tienen permitido utilizar el arcén, como bicicletas, vehículos agrícolas o coches averiados.

La medida busca mejorar tanto la fluidez del tráfico como la seguridad de los motoristas, uno de los colectivos más vulnerables en carretera. La DGT considera que evitar que las motos permanezcan atrapadas entre coches detenidos puede reducir algunos riesgos habituales en las retenciones.

Pero pese a todos los anuncios y avances, la reforma todavía no ha entrado en vigor, con lo que salvo en las excepciones señaladas, se sigue sin poder circular legalmente por el arcén con una moto. En el caso de hacerlo la multa de 200 euros acecha.

23/05/2026