El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado la solicitud de medidas cautelares que realizó Airbnb para paralizar la sanción de 64 millones de euros que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 le impuso en diciembre de 2025 por infracciones en la publicación de anuncios de alojamientos turísticos.
De esta forma, la plataforma 'online' tendrá que pagar dicha multa, según ha informado este lunes el Departamento que dirige Pablo Bustinduy, que ha precisado que, tras esta decisión del TSJM, la empresa puede presentar un recurso de reposición ante el mismo tribunal. En su día, Consumo identificó infracciones en un total de 65.122 anuncios publicados por Airbnb, que fueran retirados de su plataforma en julio de 2025.
Consumo
En concreto, el Ministerio detectó "prácticas comerciales desleales" de Airbnb con consumidores y usuarios al publicar anuncios de alojamientos turísticos sin licencia, contraviniendo así las obligaciones impuestas en la mayoría de las normativas autonómicas, que exigen indicar el número de registro en la publicidad.
También advirtió Consumo que Airbnb estaba publicando anuncios de alojamientos turísticos que indicaban un número de licencia o registro que no se correspondía con la numeración utilizada por los registros, o que difundía anuncios sin información veraz sobre la naturaleza jurídica de los anfitriones, incurriendo así en una práctica de publicidad engañosa.
Por estos primeros motivos, el Ministerio de Consumo impuso a la plataforma una sanción por infracción grave, con un importe de 63,98 millones de euros, el equivalente a seis veces el beneficio "ilícito" obtenido por Airbnb por estas prácticas durante el tiempo en que permanecieron publicados los anuncios desde el apercibimiento formulado por parte del Ministerio hasta su retirada por la plataforma.
Sentencia
Se identificaron además otras tres infracciones: incumplimiento del régimen u obligaciones de los contratos celebrados a distancia, sancionado con 10.000 euros; obstrucción o negativa a suministrar datos o a facilitar las funciones de información, vigilancia o inspección, sancionado con otros 10.000 euros, e incumplimiento de los deberes y prohibiciones impuestos mediante órdenes o medidas provisionales dictadas por el órgano instructor con el fin de evitar la producción o continuación de riesgos o lesiones para los consumidores y usuarios durante la tramitación del expediente, sancionado con otros 55.000 euros.
Airbnb recurrió el importe global de la sanción a la justicia, lo que suspendió temporalmente la obligación de hacer frente al pago de la multa. Ahora, el auto del TSJM rechaza la solicitud de medidas cautelares por la que la plataforma de alojamientos turísticos pedía la suspensión del pago de la multa hasta que dictara sentencia.
Airbnb
Por su parte, la plataforma de alojamientos turísticos ha insistido en que ha cumplido en todo momento con la normativa aplicable en el Estado español y que la sanción impuesta por el Ministerio de Consumo es contraria al marco legal español y europeo. Desde Airbnb consideran que esta decisión es puramente procedimental y no entra sobre el fondo del caso, que sigue su curso.
Además, apuntan que desde la entrada en vigor de la nueva normativa sobre los alquileres de corta duración, el 1 de julio del pasado año, la plataforma turística ha colaborado con las autoridades competentes en su implementación. El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, ha calificado de buena noticia la decisión del TSJM y ha recalcado que ninguna empresa, por grande o poderosa que sea está, por encima de la ley.
En este sentido, ha subrayado en una entrevista en TVE 1 que cualquier operador económico que intente o pretenda lucrarse con la crisis que estamos viviendo "lo va a pagar" y que "se puede meter mano" al problema de la vivienda y anteponer los intereses de la gente y de los inquilinos frente a aquellos grandes operadores que "se están lucrando con esta formidable crisis que acaban pagando las familias españolas".