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Durante la novena jornada de LaLiga, celebrada entre el pasado 17 y 20 de octubre, los jugadores realizaron parones de 15 segundos tras la convocatoria realizada por Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) como medida de protesta por el encuentro Villarreal-Barcelona que el organismo presidido por Javier Tebas decidió trasladar a Miami.
La patronal consideró que los futbolistas habían realizado una huelga ilegal y denunció los hechos ante la Audiencia Nacional. LaLiga argumentó además en su demanda que los parones obligaron a un incumplimiento de los derechos audiovisuales, lo que supuso un perjuicio de 8,7 millones de euros. Sin embargo, la Audiencia Nacional se ha pronunciado hoy rechazando que los paros fuesen ilegales.
La Justicia considera que los actos llevados a cabo por los futbolistas fueron una manifestación del derecho a la libertad de expresión en conexión con el de libertad sindical. De este modo, la Fiscalía pidió la desestimación de la demanda tras un juicio que se celebró el pasado 25 de marzo y cuya resolución ha visto hoy la luz.
Unos parones de "nula trascendencia"
A juicio de la Audiencia Nacional, los paros fueron de “nula trascendencia” para el desarrollo de la jornada de liga, por lo que no pueden ser catalogados como una huelga. Asimismo, han sido considerados como una protesta simbólica como medida para reivindicar la falta de transparencia, el diálogo y el proceder de LaLiga. La AFE criticó en su día que los jugadores no fueron consultados y tampoco informados sobre la posibilidad de trasladar partidos fuera del territorio en el que se ha venido desarrollando la competición.
El tribunal ha concluido que “sea como fuere, y ante la imposibilidad de ser escuchados los capitanes de los clubes, AFE y los jugadores decidieron instrumentar su malestar a través del paro que se secundó en los partidos de la novena jornada. Paro que por su escasa duración (10 segundos de una duración de 90 minutos, a salvo del tiempo añadido en su caso) y nula trascendencia en cuanto al desarrollo de la novena jornada, pues todos los partidos se jugaron hasta su finalización sin incidencia alguna más allá de los lances del juego, no puede calificarse o tildarse de huelga”.
LaLiga trató de invisibilizar los paros
Además, no se ignora el hecho de que LaLiga trató de invisibilizar los parones haciendo coincidir con ellos un acto por la paz relacionado con el conflicto en Palestina que fue titulado ‘Compromiso por la paz’. Asimismo, ha considerado que la cancelación del partido en Estados Unidos, el primero de competición oficial que se iba a disputar fuera del territorio, fuera debido a los parones.
La reacción de LaLiga no se ha hecho esperar. El organismo de Tebas ha destacado que el tribunal “reconoce como hecho acreditado el impacto reputacional y económico generado, derivado de una acción colectiva que afectó directamente al normal desarrollo del producto audiovisual en un momento de máxima relevancia”. Es por eso que subraya que su respeto hacia “el ejercicio de los derechos fundamentales”, pero a la vez recuerda que “estos deben ejercerse dentro de un marco de proporcionalidad y sin provocar alteraciones en la integridad de las competiciones ni en los compromisos asumidos con operadores, clubes y aficionados a nivel global”.
LaLiga recurrirá la sentencia
Ante la disconformidad de los resuelto, LaLiga ha manifestado que la sentencia “plantea cuestiones jurídicas relevantes sobre los límites entre la libertad de expresión y las acciones colectivas que inciden en el desarrollo de la competición, especialmente cuando estas tienen efectos económicos y reputacionales acreditados”. Y es por ello que interpondrá un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, “con el objetivo de que se clarifique el alcance de estos derechos en el ámbito del fútbol profesional y se garantice la adecuada protección de la integridad de la competición y de sus derechos audiovisuales”.