Política

La Fiscalía se plantea pedir al Supremo que sustituya el delito de sedición por el de desórdenes públicos

El ministerio público sopesa presentar un recurso contra el auto dictado ayer por el magistrado del Supremo Pablo Llarena, que aplicó a Puigdemont la derogación del delito de sedición y mantuvo su procesamiento por desobediencia y malversación agravada
El magistrado del Tribunal Supremo (TS), Pablo Llarena.

La Fiscalía se plantea pedir al Tribunal Supremo que sustituya el delito de sedición por el de desórdenes públicos tanto a los condenados por el procés, cuya sentencia debe revisarse a la luz de las reformas penales, como para el expresidente catalán Carles Puigdemont y el resto de huidos.

Según han informado a Efe fuentes jurídicas, el ministerio público sopesa presentar un recurso contra el auto dictado ayer por el magistrado del Supremo Pablo Llarena, que aplicó a Puigdemont la derogación del delito de sedición y mantuvo su procesamiento por desobediencia y malversación agravada.

En su auto, Llarena censuraba las reformas penales impulsadas por el Gobierno español porque cree que dejan en "un contexto cercano a la despenalización" a los líderes independentistas huidos y descartaba aplicarles el delito de desórdenes públicos, al entender que este solo sanciona a los inductores de alborotos que directamente alteren la paz pública y no es aplicable al caso del procés.

Una tesis de la que la Fiscalía podría desmarcarse si, finalmente, plantea en su recurso que los hechos que en su día constituyeron sedición ahora encajan en el delito de desórdenes públicos.

En paralelo, el ministerio público está preparando las alegaciones que en los próximos días debe presentar ante el Tribunal Supremo sobre cómo deben aplicarse las reformas penales a la sentencia del procés, un informe en el que también podría poner sobre la mesa el delito de desórdenes públicos para los condenados.

También la acusaciones ejercidas por la Abogacía del Estado y Vox y las defensas preparan sus informes sobre la revisión de la sentencia del Supremo, para lo que el alto tribunal les fijó ayer un plazo de ocho días.

La defensa del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y los condenados de ERC tienen previsto presentar la semana próxima sus escritos ante el Supremo, en los que plantearán que las reformas penales conducen a la absolución de los condenados por el procés.

Por el contrario, según fuentes jurídicas consultadas por Efe, los exconsellers de Junts Jordi Turull, Josep Rull, Joaquim Forn y Jordi Sànchez, cuyo partido no apoyó las reformas penales, no van a presentar ningún tipo de alegación ante el Supremo, aunque el tribunal está obligado a revisarles igualmente su condena una vez derogada la sedición.

Fuentes de la defensa de los condenados de Junts vaticinan que la sala segunda del Supremo se moverá en los parámetros que ayer fijó Llarena en su auto de procesamiento, por lo que dudan que la revisión les suponga una reducción sustancial de las penas de inhabilitación impuestas y mucho menos la absolución.

Los encausados de Junts consideran además que una revisión de su condena por parte del Supremo podría suponer una reparación del daño que disuada al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de condenar a España por las vulneraciones de derechos que, en su opinión, se han cometido en la causa del procés.

El auto que dictó ayer Llarena ha abierto un nuevo escenario para los líderes del procés huidos y, en los casos de la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y la exconsellera Clara Ponsatí, permite su regreso a España sin riesgo de prisión, dado que ahora solo se las persigue por desobediencia, delito que no conlleva penas de cárcel.

Rovira aclaró ayer que no se plantea volver de forma inminente -aunque lo hará si se dan las condiciones-, pero Ponsatí ya ha anunciado que regresará pronto y que descarta presentarse ante el Supremo dado que no reconoce su competencia.

Si la exconsellera desoyera una citación para comparecer ante el Supremo, podría ser detenida a los efectos de ser conducida ante el juez -como establece la ley-, pero quedaría en libertad posteriormente dado que el delito por el que está procesada no acarrea penas de cárcel.

14/01/2023