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La Audiencia Nacional aplica la ley del "solo sí es sí" y rebaja las penas a una pareja por agresión sexual a una menor

El hombre pasa de 14 a 13 años de cárcel y su esposa, de 14 a seis, al ser considerada cómplice por omisión en lugar de cooperadora necesaria
Imagen de la fachada de la Audiencia Nacional. / EP

La Audiencia Nacional ha reducido de 14 a 13 años de prisión la condena a un hombre que agredió sexualmente durante años a una menor en Honduras. También ha rebajado de 14 a seis años la pena de su esposa, a la que considera cómplice por omisión en lugar de cooperadora necesaria.

La Sala de Apelación ha estimado parcialmente los recursos de ambos condenados. Para revisar las penas, aplica la versión inicial de la ley del "solo sí es sí" como "ley intermedia más favorable", según la sentencia consultada por Europa Press. En el caso de la mujer, la reducción responde también al cambio en su grado de participación en el delito.

Las agresiones comenzaron cuando tenía diez años

Los hechos comenzaron cuando la víctima tenía diez años y el hombre cuidaba de ella y de sus hermanos mientras su madre trabajaba. Las agresiones se intensificaron después de que la madre se trasladara a España y dejara a la niña al cuidado de la familia del condenado. La sentencia recoge que el agresor se aprovechó de su posición de dominio y de la dependencia de la menor, que no tenía a quién pedir ayuda. Los magistrados señalan que su esposa conocía los ataques y no los impedía.

La víctima llegó a España en 2019, embarazada de su agresor. La acompañó la condenada, quien, según la resolución, la vigilaba para evitar que relatara a su madre lo sucedido y revelara la identidad del padre del bebé. Solo pudo contárselo cuando ambas se trasladaron a otra ciudad y dejaron de convivir con la mujer. La víctima denunció las agresiones ante los Mossos d’Esquadra en Girona en 2023.

Alejamiento durante veinte años

La resolución describe las graves secuelas que sufre la joven, entre ellas estrés postraumático, depresión, ansiedad e insomnio, que le impiden desarrollar su vida con normalidad.

Además de las penas de prisión, los condenados tienen prohibido acercarse a menos de cien metros de la víctima y de su hijo o comunicarse con ellos durante veinte años. Deberán indemnizarla con 100.000 euros: el hombre abonará 80.000 y su esposa, 20.000. La Audiencia Nacional juzgó el caso por tratarse de delitos contra la libertad sexual cometidos sobre una menor en el extranjero y dirigirse el procedimiento contra un ciudadano extranjero con residencia habitual en España.

31/10/2026