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El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha anulado este miércoles la exclusión de la fabricación de jets privados de un etiquetado establecido por la Comisión Europea que permitía saber a los inversores qué proyectos son medioambientalmente sostenibles, al considerar que el criterio de contaminación utilizado por Bruselas está vinculado a la explotación (el uso) de las aeronaves y no a su producción.
Ese etiquetado, conocido como taxonomía verde, tiene su origen en un reglamento de la UE de 2020, aunque fue en 2023 cuando el Ejecutivo comunitario fijó los criterios técnicos para el sector aeronáutico. En esa norma, Bruselas dejó fuera a los aviones de negocios privados o comerciales del ámbito de las actividades que contribuyen a la mitigación del cambio climático.
Tras la adopción de ese etiquetado, la multinacional francesa Dassault Aviation, dedicada al diseño y venta de aviones de negocios, recurrió la norma al considerar que la exclusión era "ilegal" y que perjudicaba directamente sus condiciones de acceso a financiación por parte de inversores, entre otras cosas por obligarla a presentar su actividad como "no conforme" en sus informes de sostenibilidad.
Alternativa real de otros medios de transporte
En su fallo de este miércoles, el TGUE ha dado la razón al fabricante y rechazado la categorización del Ejecutivo comunitario, señalando que no justificó de forma adecuada que otros medios de transporte sean alternativas reales a la aviación privada en términos de flexibilidad o rapidez. Asimismo, afea a la Comisión que no tuviera en cuenta la capacidad de estos aviones para funcionar con combustibles sostenibles (SAF).
Además, el tribunal de primera instancia de la Unión Europea subraya que la Comisión "no puede basar su apreciación" en el criterio de la huella de dióxido de carbono por pasajero-kilómetro porque esa métrica no está prevista en el Reglamento original de la taxonomía; y segundo, mide la explotación (el uso) del avión, no su fabricación, que es la actividad económica que se estaba regulando.
Con todo, contra la resolución TGUE, con sede en Luxemburgo, la Comisión todavía podría presentar recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en un plazo de poco más de dos meses.