Política

El juez del caso Villarejo rechaza aceptar a Sandro Rosell como víctima del excomisario

El magistrado de la Audiencia Nacional inadmite la querella del expresidente del Barça contra el excomisario y otros mandos policiales por la 'Operación Cataluña'
El expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell.

El juez del caso Villarejo, Manuel García Castellón, ha rechazado la personación del expresidente del Barça Sandro Rosell como acusación particular en la causa, al no apreciar indicios de una supuesta conexión del entramado del excomisario con el proceso judicial al que fue sometido, y por el que estuvo más de dos años en prisión preventiva antes de resultar absuelto.

En un auto notificado este lunes, el magistrado de la Audiencia Nacional explica que las actuaciones que se relatan en la querella presentada por Rosell contra Villarejo y otros mandos policiales no cumplen los presupuestos legalmente previstos para reconocerle la condición de perjudicado directo por los hechos porque no se aprecia ningún indicio que justifique la conexión entre los hechos narrados en la querella y las investigaciones abiertas al excomisario.

La querella iba también dirigida contra el exjefe de Asuntos Internos, Marcelino Martín Blas, y un agente del FBI, entre otros, con el objeto de esclarecer si la causa que le mantuvo en prisión provisional fue fruto de un montaje policial en el marco de la llamada Operación Cataluña.

En su escrito, Rosell efectuaba una narración del proceso judicial al que fue sometido por un presunto delito de blanqueo, que concluyó en su absolución, y lo conectaba con una serie de artículos de prensa en los que se alude a la supuesta existencia de una pluralidad de irregularidades durante su tramitación, explica el auto.

Hacía mención a informaciones publicadas en los últimos meses que aludían a una reunión mantenida el 6 de noviembre de 2012 entre Villarejo y la exlíder del PP catalán y actual senadora Alicia Sánchez-Camacho, en la que esta habría facilitado al comisario "una auténtica 'lista negra' de personas que, a su juicio, debían ser investigadas y perseguidas policialmente por su relación con el independentismo", entre las que estaba el empresario.

El juez, que no cuestiona "la gravedad de las afirmaciones contenidas en la querella, ni la posibilidad de que tales hechos presentasen, indiciariamente, apariencia de delito", indica que eso no significa que esas circunstancias deban investigarse en el procedimiento abierto por las actividades irregulares de Villarejo.

Y es que, según el auto, en la querella no se consigna en qué modo se encuentran conectados los hechos narrados con la causa que se sigue contra el excomisario, en la que se investiga un mismo patrón de conducta delictiva y que se basa en la contratación privada de sus servicios, a través del Grupo Ceny.

Del relato de la querella, añade, no se desprende la intervención directa de Villarejo en esas actuaciones, "sino que se alude a otros sujetos y a funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones".

Entiende por tanto que no se justifica la competencia de su juzgado para conocer de esos presuntos hechos ilícitos en tanto que resulta difusa la vinculación entre los hechos narrados en la querella y los que son objeto de instrucción en esta macrocausa, "tanto en relación con la pieza principal como a propósito de las piezas separadas".

La querella, según el juez, no aporta ningún tipo de información a propósito de la existencia de un encargo específico a José Manuel Villarejo, tratándose de una dinámica completamente diferente a la investigada en la causa principal.

20/09/2022