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El Real Decreto-ley del escudo social entrará en vigor mañana jueves tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Incluye la prórroga hasta el 31 de diciembre de la suspensión de los desahucios para hogares vulnerables sin alternativa habitacional cuando el arrendador sea un gran tenedor o 'fondo buitre'.
Este decreto fue aprobado en el Consejo de Ministros y deberá pasar por el Congreso para su convalidación, aunque partidos como Junts ya han anunciado su voto negativo, por considerar que no protege suficientemente a los pequeños propietarios.
La norma establece que el inquilino deberá acreditar su vulnerabilidad económica, y el propietario tendrá diez días para demostrar que posee dos o menos viviendas o que se encuentra en una situación económica vulnerable.
Los procedimientos de desahucio suspendidos desde el 27 de enero de 2026 seguirán suspendidos sin necesidad de nueva solicitud, y el Gobierno continuará financiando vivienda social y recursos de emergencia habitacional, reforzando compensaciones a propietarios con un sistema de avales dotado con 300 millones de euros.
Medidas energéticas, de empleo y fiscales
En materia energética, el decreto prorroga el bono social energético y la garantía de suministro de agua y energía hasta el 31 de diciembre de 2026, además de adaptar la tasa de retribución financiera de sistemas eléctricos no peninsulares (2026-2031). En empleo, se mantiene la prohibición de despido para empresas que reciban ayudas públicas.
En fiscalidad, se introducen cambios en IRPF e IVA, incluyendo incentivos a vehículos eléctricos, deducciones por eficiencia energética, exenciones por daños personales en incendios forestales y actualización del régimen de imputación de rentas inmobiliarias.
Ayudas directas, financiación y medidas extraordinarias
El escudo social también extiende las ayudas directas por la DANA y las exenciones en IRPF e Impuesto de Sociedades de ayudas concedidas por la Generalitat Valenciana. Se actualizan las entregas a cuenta a comunidades autónomas y entidades locales, se aprueba el régimen de endeudamiento autonómico y se suspende la devolución de ingresos indebidos por cuotas nacionales de telefonía móvil. Además, se prorroga la suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocadas por eventos naturales, excluyendo las pérdidas de 2020 y 2021 hasta el cierre de los ejercicios iniciados en 2026.