Política

El Constitucional da por amnistiados a Junqueras, Turull y Romeva después de que el Supremo aplicara el perdón

El Pleno declara extinguidos sus recursos de amparo por unanimidad después de que el alto tribunal les aplicara la amnistía el pasado octubre
Imagen de archivo del presidente de ERC, Oriol Junqueras,
Imagen de archivo del presidente de ERC, Oriol Junqueras, / EP

Actualizado hace 5 minutos

El Tribunal Constitucional ha dado por extinguidos los recursos de amparo del exvicepresidente de Cataluña Oriol Junqueras y de los exconsejeros Jordi Turull y Raül Romeva contra la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiar el delito de malversación en el marco del 'procés' después de que el alto tribunal les aplicara el pasado octubre la medida de gracia.

En una nota de prensa, el Constitucional señala que el Pleno ha declarado por unanimidad en dos sentencias la pérdida sobrevenida de objeto de los recursos de amparo interpuestos por Turull, Junqueras y Romeva contra los autos del alto tribunal que denegaron la aplicación de la amnistía al delito de malversación de caudales públicos.

La corte de garantías señala que tras estimar el recurso de amparo interpuesto por la exconsejera Dolors Bassa contra las mismas resoluciones judiciales del Supremo, la Sala de lo Penal "acordó extender los efectos" de la sentencia del Constitucional "al resto de los condenados afectados por la misma ejecutoria, declarando extinguida su responsabilidad criminal con archivo definitivo de la ejecutoria".

Por ello, el Pleno del Tribunal Constitucional concluye que con la aplicación de la amnistía a los tres por el Supremo "queda agotado el legítimo interés esgrimido en ambos recursos de amparo, por lo que procede su extinción por pérdida sobrevenida de objeto".

Los recursos

En este sentido, el Constitucional recuerda que Turull alegaba en su recurso de amparo que "las resoluciones judiciales impugnadas habían verificado una interpretación extensiva y contraria a reo de la excepción prevista en la ley de amnistía de haber actuado con el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial, lo que habría infringido sus derechos a la legalidad penal".

También argumentó que se había aplicado "la excepción de la afectación de los intereses financieros de la Unión Europea" por la existencia de un riesgo de secesión territorial de Cataluña que la propia sentencia condenatoria consideró que no fue real, lo que habría infringido sus derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías.

Junqueras y Romeva señalaron que "las resoluciones judiciales impugnadas hicieron una interpretación irrazonable de las mismas excepciones a la aplicación" de la medida de gracia, "vaciando el contenido de la norma y haciéndola inoperante, apreciando un propósito de enriquecimiento y una afectación de los intereses financieros de la Unión Europea que no fueron objeto de debate contradictorio ni quedaron plasmados en la sentencia", expone.

Así, indicaron que se habrían vulnerado sus derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva, el principio de legalidad penal, el derecho a un proceso con todas las garantías y el derecho de participación política.

El TS aplicó la amnistía entre críticas al Constitucional

El Tribunal Supremo resolvió el pasado mes aplicar la ley de amnistía a Junqueras, Romeva, Turull y Bassa, después de dos años desde su entrada en vigor y tras el aval del Tribunal Constitucional al perdón de la malversación, delito por el que fueron condenados los cuatro.

Fue la Sala de lo Penal, la que juzgó el 'procés', la que dio ese paso, toda vez que el Constitucional le ordenó amnistiar a los dirigentes independentistas encausados por malversación, tanto a los condenados como a los procesados: el expresidente y líder de Junts, Carles Puigdemont, y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig, que no fueron juzgados porque huyeron de la justicia tras el referéndum ilegal de 2017.

Con Manuel Marchena, el magistrado que presidió el juicio al proceso independentista, como ponente, el Supremo declaró extinguida la responsabilidad criminal de los cuatro dirigentes. De esta forma, quedó extinguida la inhabilitación a la que fueron condenados Junqueras, a 13 años, y Romeva, Turull y Bassa, a 12 años, respectivamente. Y después de que fueran indultados de las penas de prisión por el Gobierno. No obstante, los magistrados criticaron "la innecesaria grandilocuencia" del Constitucional, que "revela el deseo de adornar un razonamiento invasivo del ámbito jurisdiccional" del Supremo.

2026-11-04T12:23:58+01:00
En directo
Onda Vasca En Directo