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El 36 % de los viajeros desconoce que puede reclamar por retrasos aéreos de más de 3 horas

Las indemnizaciones pueden alcanzar los 600 euros por pasajero, aunque las aerolíneas no suelen abonarlas de oficio
Aeropuerto de Loiu.
Aeropuerto de Loiu. / Borja Guerrero

Actualizado hace 1 minuto

El 36 % de los consumidores desconoce que tiene derecho a reclamar una indemnización cuando su vuelo acumula un retraso superior a tres horas, según una encuesta difundida por la Asociación de Consumidores de Navarra Irache, que recuerda que las compensaciones oscilan entre 250 y 600 euros por pasajero.

La organización señala que los retrasos aéreos constituyen uno de los problemas más frecuentes durante el periodo vacacional y recuerda que el año pasado más de 34 millones de viajeros se vieron afectados en España por retrasos o cancelaciones de vuelos.

Compensaciones y derechos del pasajero

De acuerdo con el Reglamento europeo sobre derechos de los pasajeros, las indemnizaciones ascienden a 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, a 400 euros para trayectos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y otros de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y a 600 euros para vuelos de mayor distancia.

Estas compensaciones se aplican a los vuelos que parten de la Unión Europea y a los que llegan a ella cuando son operados por compañías aéreas comunitarias, salvo determinadas excepciones previstas en la normativa.

Irache recuerda que este régimen también ampara las cancelaciones de vuelos, excepto cuando la aerolínea comunica la suspensión con la antelación suficiente o facilita un transporte alternativo dentro de los márgenes establecidos por la legislación.

Mientras dure la espera, las compañías deben proporcionar asistencia a los pasajeros, con comida y bebida, y, cuando sea necesario, alojamiento y transporte hasta el hotel.

Las aerolíneas no pagan de oficio

La asociación advierte de que las aerolíneas no suelen abonar estas indemnizaciones de oficio, por lo que recomienda a los afectados presentar una reclamación y conservar pruebas de la incidencia. Añade que los tribunales no consideran circunstancias extraordinarias las averías técnicas previsibles, los problemas internos de organización o las huelgas del personal propio de la compañía.

Asimismo, destaca que la reforma del reglamento europeo sobre derechos de los pasajeros, pendiente de aprobación definitiva, mantendrá las compensaciones por retrasos superiores a tres horas, aunque permitirá a las aerolíneas cobrar por el equipaje de mano de cabina, manteniendo la gratuidad de un objeto personal que pueda colocarse bajo el asiento

2026-07-04T13:50:08+02:00
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