La EHU ha recurrido en apelación los autos que acordaron, como medida cautelar, excluir temporalmente del cálculo de la nota de acceso a la universidad los ceros obtenidos por decenas de estudiantes en el examen de euskera de la PAU. La universidad sostiene que esas resoluciones son "contrarias a derecho", con un "elevado déficit de motivación" y se sustentan en planteamientos "abstractos e hipotéticos". Asimismo, rechaza que existieran "sesgos" en la corrección de las pruebas o que se vulnerara el anonimato del alumnado.
En el recurso, la EHU afirma que la decisión judicial cambia de forma provisional las reglas de acceso a la universidad y adelanta unas consecuencias que, a su juicio, no podrían aplicarse ni siquiera si los demandantes ganaran el juicio. También considera que la medida se basa en suposiciones "sin pruebas" y que esta decisión podría beneficiar a los estudiantes que han recurrido, frente a quienes sí tienen incluida la calificación de todas las materias de la PAU, ya que competirían por plazas limitadas con una nota calculada de una manera diferente.
La institución argumenta que la exclusión cautelar de la nota de euskera vulnera el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, que regula los exámenes de entrada a los estudios superiores, junto a la normativa propia de la EHU. Del mismo modo, defiende que la medida cautelar "no sirve para proteger el proceso judicial", sino que adelanta las consecuencias de una posible sentencia favorable a los estudiantes.
Además, señala que "eliminar la nota de una asignatura obliga a cambiar la forma de calcular la calificación final", en el que se establece que en los lugares donde hay dos lenguas oficiales "el alumnado debe acreditar las competencias en ambas lenguas, por lo que la calificación de Euskera y Literatura II forma parte obligatoriamente del cálculo de la nota de acceso", algo que no está previsto en la normativa actual.
Desconocimiento de la nota final
Sobre el fondo del recurso, la EHU afirma que, aunque se detectara algún problema en la corrección del examen de euskera, la solución no podría ser eliminar esa asignatura del cálculo de la nota de acceso ni cambiar el sistema de evaluación establecido. La universidad también critica que, cuando se presentaron los recursos, "aún no se conocían las notas de corte ni la asignación definitiva de plazas", por lo que no podía asegurarse que los estudiantes fueran a quedarse fuera de los grados que querían cursar.
La EHU añade que conseguir una plaza universitaria no depende solo de la nota de la PAU, sino también de la posición de cada estudiante respecto al resto de candidatos y del número de plazas disponibles. Por ello, considera que la decisión judicial "no realiza una verdadera ponderación de los intereses en juego".
En cuanto a las dudas sobre el anonimato de los exámenes, la universidad niega que haya pruebas de irregularidades y afirma que esas sospechas se basan en "inferencias que no aparecen justificadas". Explica que, aunque los tribunales de corrección sepan cómo se distribuyen los centros, eso no significa que "los correctores pudieran conocer el centro concreto de procedencia de cada ejercicio individualmente considerado", ya que el sistema de anonimización protege la identidad del alumnado.
Por ello, la EHU rechaza que se haya vulnerado el anonimato de los estudiantes o que haya habido algún tipo de sesgo en las correcciones o revisiones. Considera que no hay pruebas de que los correctores conocieran la procedencia de los ejercicios y critica que la resolución judicial se haya adelantado al fondo del caso basándose en sospechas que "prejuzgan de forma manifiesta el fondo del asunto".
Por último, la universidad sostiene que no hay indicios de que los estudiantes que recurrieron recibieran un trato distinto al del resto de aspirantes ni de que sus notas fueran fruto de criterios arbitrarios o discriminatorios.