Diego El Cigala no tendrá que ingresar, por el momento, en prisión para cumplir la condena de 25 meses impuesta por tres delitos de malos tratos contra su exmujer. Así lo ha acordado el Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera (Cádiz), una vez que la sentencia fue confirmada por la Audiencia de Madrid y el Tribunal Supremo, según ha confirmado a EFE su abogado, Eduardo Aguilera.
La suspensión de la ejecución de la pena fue acordada hace varias semanas al entender el tribunal que ninguna de las tres penas de prisión impuestas supera individualmente el límite legal previsto para hacer efectivo el ingreso en la cárcel. La medida queda condicionada a que el cantaor no cometa ningún delito durante los próximos dos años y cumpla la orden de alejamiento dictada en la sentencia.
Tres episodios de malos tratos
La condena, dictada en diciembre de 2024 por el Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera, impuso al artista penas de seis, ocho y once meses de prisión por tres delitos de malos tratos cometidos contra Quina Méndez, madre de sus dos hijos.
Dos de las agresiones se produjeron en hoteles de Jerez de la Frontera y Palafrugell (Girona), mientras que la tercera tuvo lugar en la vivienda que ambos compartían en Jerez, circunstancia por la que el delito fue considerado agravado. En los tres casos se le impuso también la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima y de comunicarse con ella durante dos años.
Condena por vejaciones
La sentencia condenó además a Diego Ramón Jiménez Salazar, nombre real del cantaor, por un delito leve continuado de vejaciones en el ámbito doméstico, castigado con 25 días de localización permanente, que deberá cumplir en un domicilio distinto y alejado del de la víctima.
La resolución quedó firme tras ser ratificada en las sucesivas instancias judiciales, lo que permitió iniciar la ejecución de la condena y resolver posteriormente la solicitud de suspensión del ingreso en prisión.