Bizkaia

Condenados a 14 años de prisión por violar de modo simultáneo a una joven ebria en Bilbao

La Audiencia Provincial de Bizkaia considera que la víctima fue "tratada como un mero objeto o un muñeco"
Audiencia de Bizkaia
Audiencia de Bizkaia / EP

Actualizado hace 2 horas

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a dos jóvenes de 22 y 23 años a 14 años de prisión cada uno como autores de un delito de agresión sexual por violar de modo simultáneo por vía vaginal y anal a una chica con su voluntad anulada por la ingesta de alcohol.

El tribunal también acuerda imponer a los dos jóvenes una medida de libertad vigilada de cinco años a cumplir con posterioridad a la pena de cárcel que incluirá el seguimiento de programas de educación sexual; así como el pago de una indemnización conjunta y solidaria a la víctima de 30.000 euros y la prohibición de comunicarse y acercarse a ella a menos de 500 metros durante 15 años, entre otras medidas.

Los hechos

Según se recoge en la sentencia, la joven y sus amigas coincidieron de fiesta en una discoteca de la capital vizcaína en la madrugada del 11 de agosto de 2024, con los dos acusados, a los que ella conocía, y sus amigos.

Una vez que cerró la discoteca sobre las seis de la mañana algunos del grupo, entre ellos la joven y los dos acusados, se subieron en el coche conducido por uno de los amigos de los procesados con la intención de continuar la fiesta en el domicilio de este.

Sin embargo, el vehículo se detuvo ante la vivienda de uno de los acusados para "coger bebidas alcohólicas". Subieron a ella los dos acusados y la joven y fue allí donde tuvo lugar la agresión sexual, según la sentencia, que relata la situación de inconsciencia de la víctima considerando que "fue incapaz de reaccionar" y que finalmente despertó dolorida y "completamente desnuda y sola" en una habitación de la vivienda.

"Solidez de la prueba de cargo"

El tribunal destaca en su resolución la "solidez de la prueba de cargo" y la verosimilitud interna y externa del relato de la joven frente a la ausencia de "base lógica de la tesis de descargo de los acusados" y la "falta de coherencia y credibilidad" de la prueba presentada por estos.

La Audiencia vizcaína recuerda que los dos acusados se acogieron a su derecho a no declarar en sede policial y en instrucción, y que durante el juicio negaron los hechos objeto de acusación. 

Según afirmaron en la vista oral, los tres subieron a la vivienda y bajaron; su amigo, que les esperaba en el coche, les comunicó que ya no iban a su casa porque se estaba juntado mucha gente; la chica "se rebotó" por esa decisión, les dijo "que se iban a arrepentir de ello", y todos se fueron.

El tribunal recuerda que ella ha mantenido a lo largo de todo el proceso un relato "coherente" y "contextualizado" en tiempo y espacio, y que además ha podido ser corroborado. En este sentido destaca el testimonio de una de sus amigas que pudo confirmar a través de la aplicación de su móvil la ubicación continua de la denunciante en el lugar de los hechos entre las 6:20 horas y las 7:11 horas de esa madrugada, es decir, casi una hora. Es un dato, destaca la sentencia, "incompatible con lo relatado por los acusados pretendiendo una entrada momentánea y rápida salida" de la vivienda.

El tribunal cita también las pruebas médicas y la declaración de la agente que instruyó el atestado policial, al tiempo que precisa que "no constan, ni se han acreditado o apuntado mínimamente por la defensa de los acusados", la existencia de "móviles espurios", de "venganza" en la víctima para actuar contra los dos acusados, a los que conocía y con los que "tenía buena relación".

"Tratada como un mero objeto o muñeco"

Según la Audiencia de Bizkaia, la mujer que se encontraba con su voluntad anulada, debido a la previa y potente ingesta de bebidas alcohólicas y subraya la violencia que supone la violación simultánea por parte de los dos acusados.

La Audiencia vizcaína añade que la joven fue "tratada como un mero objeto o muñeco, cosificándola hasta el grado máximo" y a la hora de fijar la pena destaca también el "carácter degradante que supone ser violada de modo simultáneo, por vía vaginal y anal".

Esta sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

2026-02-26T09:29:22+01:00
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