La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado al propietario de una academia de inglés de Bilbao a un año de prisión y al pago de una multa de 1.080 euros por estafar a 13 familias con un curso de verano en Irlanda que nunca llegó a celebrarse. La sentencia, dictada de conformidad y ya firme, acuerda suspender la ejecución de la pena durante dos años con la condición de que el condenado no vuelva a delinquir y abone en el plazo de dos meses las indemnizaciones fijadas por daños morales.
Los hechos se remontan a 2019, cuando el acusado, responsable de una academia de inglés en Bilbao, ofreció a familias vinculadas a otras dos academias de Barakaldo un viaje organizado a Dublín para que sus hijos realizaran un curso de inglés durante el mes de julio.
Un viaje que nunca existió
Según recoge la resolución judicial, el condenado mantuvo diversas reuniones con los progenitores y, con el objetivo de obtener un beneficio económico ilícito, les hizo creer que organizaría tanto el desplazamiento como la estancia de los menores con familias de acogida en Irlanda.
Convencidas de la oferta, 13 familias realizaron pagos que ascendieron a un total de 37.050 euros. Sin embargo, el tribunal considera probado que el acusado nunca tuvo intención de organizar el viaje.
El 1 de julio de 2019, apenas un día antes de la salida prevista, comunicó mediante un mensaje de WhatsApp la cancelación del curso. Desde ese momento, los afectados no lograron volver a contactar con él. Además, la academia había cerrado sus puertas y el dinero abonado había sido transferido a la cuenta bancaria del acusado.
Reparación del daño y suspensión de la pena
La sentencia también recoge que el pasado 14 de julio de 2026 el condenado consignó 37.500 euros para hacer frente a la responsabilidad civil, una circunstancia que el tribunal ha tenido en cuenta para aplicar la atenuante de reparación del daño.
Además de la pena de prisión y la multa, la Audiencia establece que deberá indemnizar a cada una de las 13 familias con 500 euros en concepto de daños morales.
Finalmente, el tribunal acuerda suspender el ingreso en prisión durante dos años, siempre que el condenado no cometa un nuevo delito en ese periodo y satisfaga en el plazo fijado las indemnizaciones establecidas en la sentencia.