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Economía

Un abogado explota hablando sobre tres abusos que pasan desapercibidos pero que "no debes soportar en tu trabajo"

El abogado Juanma Lorente resume en un vídeo tres situaciones frecuentes que, si se aplican sin procedimiento, pueden vulnerar derechos básicos del trabajador
Tener un buen sueldo no es sinónimo de ganar más.
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Actualizado hace 5 minutos

En el día a día del trabajo hay prácticas que se acaban normalizando por cansancio o por miedo a “meterse en líos”, pero que en realidad pueden vulnerar derechos básicos del trabajador. El abogado laboralista @juanmalorente_laboralista ha resumido en un vídeo tres situaciones que, según explica, se repiten con frecuencia en consultas.

Recorte de horas

El primero de los avisos del vídeo apunta a un escenario cada vez más repetido: trabajadores con jornada completa a los que la empresa propone, o directamente impone, pasar de 40 horas a 36. “Estas tres cosas que te voy a decir en este vídeo son ilegales… debes reclamar”, afirma el autor antes de concretar el caso: “Personas que están a 40 horas y que la empresa le quiere pasar a 36. Pues bien, esto es ilegal”. En la práctica, un cambio así no debería hacerse “por las buenas”: tocar la jornada suele encajar en una modificación sustancial de condiciones y exige un procedimiento y una comunicación formal con plazos. El Estatuto de los Trabajadores regula estas modificaciones y fija un preaviso de 15 días cuando se trata de cambios sustanciales individuales, además de requisitos adicionales si afecta a un colectivo.

El problema del aviso de última hora

El segundo “abuso”, según el laboralista, es el de los trabajadores que viven con el horario en el aire: “Gente que vive mareada… un día entra a una hora, otro día entra a otra y su jefe le está cambiando el horario. Día sí, día no”. En el vídeo asegura que “debes saber tu horario con mínimo dos semanas de antelación”, pero aquí conviene matizar: el mínimo legal depende de qué tipo de cambio se esté aplicando. Si es una distribución irregular de jornada, el Estatuto establece que el trabajador debe conocer “con un preaviso mínimo de cinco días” el día y la hora resultantes.

Nóminas que no se entregan

El tercer punto se centra en algo aparentemente básico, pero que, según cuenta, sigue apareciendo en consultas laborales: empresas que “no dan las nóminas”. El abogado afirma que "no lo entiende” y remata con una recomendación: si faltan nóminas recientes, “debes reclamar a la Inspección de Trabajo”. La obligación de documentar el salario existe: el Estatuto indica que la documentación del salario se realiza mediante la entrega al trabajador de un recibo individual justificativo del pago, y además recuerda que el periodo de abono de retribuciones periódicas no debe exceder de un mes.

¿Qué hacer si te suena?

Si en tu empresa te ocurre alguna de estas situaciones, lo más importante es no asumirlo como normal ni dejarlo pasar. Conviene guardar pruebas de todo lo que suceda, como cuadrantes de horarios, mensajes, correos o nóminas anteriores, y pedir explicaciones por escrito a la empresa para que quede constancia. A partir de ahí, lo recomendable es asesorarte cuanto antes con un profesional laboralista o con un sindicato, ya que muchos de estos casos tienen plazos legales cortos para reclamar.

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En situaciones como la falta de nóminas, también es posible acudir a la Inspección de Trabajo, que puede requerir a la empresa para que cumpla la ley. Actuar con rapidez y con información es clave para defender tus derechos.

2026-01-12T13:53:32+01:00
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