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Ratifican la legalidad del proceso electoral de la RFEF en 2020

El TSJM declara firme la sentencia que anulaba la resolución del TAD, al no haberse interpuesto recurso de casación en el plazo legalmente previsto
Luis Rubiales, presidente de la Real Federación Española de Fútbol.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado firme la sentencia dictada el pasado mes de mayo por la que anulaba la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) sobre el proceso electoral en la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) de 2020, una vez que no se ha interpuesto recurso de casación en el plazo legalmente previsto.

Así lo dictamina el auto del pasado 28 de julio al que ha tenido acceso Europa Press, que subraya que "ha transcurrido el plazo de 30 días para preparar recurso de casación, sin que conste presentado escrito alguno" y que ratifica el dictamen inicial que estimaba el recurso interpuesto por la RFEF y varios de sus asambleístas, imponiendo además las costas a la Administración.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM ya desestimó el pasado mes de mayo la resolución del TAD por la que anulaba la convocatoria de elecciones convocada por la Junta Directiva de la RFEF en el año 2020.

El 10 de junio de ese año, ese órgano federativo acordó la convocatoria de elecciones a la Asamblea General, a su Comisión Delegada y a la presidencia del organismo para el mes de agosto. Sin embargo, el 30 de ese mismo mes, el TAD la anuló debido a defectos de forma, estimando parcialmente los recursos presentados por la Real Federación de Fútbol de Madrid (RFFM), del futbolista Sergio Marcos González (Cultural y Deportiva Leonesa) y de los clubes Flat Earth y UD Los Barrios.

El TAD declaró nula de pleno derecho esta convocatoria y el calendario electoral, ordenando la retroacción del procedimiento al momento anterior a la convocatoria y obligando a elaborar un nuevo calendario electoral porque se había realizado a través de la Junta Directiva federativa, que no era competente para hacerlo. Sin embargo, el TSJM ya suspendió cautelarmente aquel dictamen en julio de 2020 y en septiembre Luis Rubiales fue reelegido.

Para la RFEF, aquella decisión "se consideró como absolutamente arbitraria y carente de toda base jurídica, como otras que había venido dictando el TAD en las fechas anteriores y siempre en una misma línea", recalcando que "de eso se había quejado, tanto en público como en privado", el propio Luis Rubiales.

Ahora, la federación celebró que esta nueva sentencia ya sea "plenamente firme" y que recalque "la arbitrariedad del TAD, cuya independencia queda cuestionada" tras este litigio electoral con la RFEF.

04/08/2022