La jueza ha procesado al exjefe de la Policía Local de Granada, José Manuel Jiménez Avilés, y a otros siete agentes por presuntos accesos ilegales a VioGén para obtener información sobre la expareja de un subinspector condenado por malos tratos. La víctima denunció que su agresor conocía todos sus movimientos y temía que pudiera localizarla.
La magistrada aprecia indicios de delitos de descubrimiento y revelación de secretos por 35 consultas no autorizadas entre agosto de 2023 y abril de 2024. Los accesos afectaron a datos personales y sensibles de la mujer y de su hija menor, aunque el seguimiento y la protección de la víctima correspondían exclusivamente a la Guardia Civil. Entre los procesados figuran un subinspector, un oficial y cinco agentes del Grupo de Mujer y Menores, la unidad especializada en violencia de género.
El agresor conocía sus movimientos
La causa comenzó con la denuncia presentada por la mujer ante la Guardia Civil en julio de 2024. Según relató, su expareja "siempre había estado al tanto de todos sus movimientos, incluso por delante de ella", y conocía lo que ocurría en su entorno.
El auto señala que las consultas le provocaron "temor y desasosiego" y quebraron su confianza en el sistema de protección, al pensar que podía ser localizada por su agresor, que ha ingresado recientemente en prisión.
Según la investigación, el entonces jefe de la Policía Local ordenó verbalmente recabar información para promover un expediente interno contra el subinspector condenado. Sin embargo, los accesos continuaron después de que ese expediente quedara paralizado en octubre de 2023.
La jueza cierra la investigación
La magistrada atribuye al exjefe del cuerpo y al entonces responsable del Grupo de Mujer y Menores la condición de inductores, y al oficial y los demás agentes la de autores. A todos les aplica la agravante por su condición de funcionarios públicos y el uso de su cargo.
Con la instrucción concluida, las partes deberán solicitar la apertura de juicio oral o el archivo. La jueza ha acordado además el sobreseimiento provisional respecto a la hija mayor de la víctima, al no quedar acreditado un perjuicio ni la revelación de datos sobre ella.