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LEY SOLO SI ES SI | "El consentimiento estaba en el anterior código penal. Hay que volver a diferenciar entre abuso y agresión"

Hablamos con expertos de la judicatura y del ámbito forense para arrojar luz sobre una cuestión fundamental contaminada por el ruido político
LEY SOLO SI ES SI | "El consentimiento estaba en el anterior código penal. Hay que volver a diferenciar entre abuso y agresión"
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01:57

La ley del 'solo sí es sí' sigue en el centro de la polémica. Mucho ruido político con un cisma entre PSOE y Unidas Podemos que ha puesto hasta en cuestión la continuidad del propio Gobierno de coalición. Al final no llegará la sangre al río pero hoy mismo la ministra de Igualdad Irene Montero ha reconocido que no ha vuelto a hablar con la ministra de Justicia Pilar Llop. 

Pero al margen del debate político, en ONDA VASCA nos hemos centrado hoy en los aspectos técnicos y jurídicos de la ley y en qué es realmente necesario reformar. Hemos hablado del famoso consentimiento, del que Podemos denomina "calvario probatorio" y también de la diferencia entre abuso y agresión. 

Diferencia entre abuso y agresión

La abogada de Clara Campoamor Ana Hernando ha sido tajante. No le gusta la ley del 'sólo sí es sí'. "A mí no me parece una buena ley y me parece que la revisión la va a mejorar", afirma. "La reforma es necesaria. Las penas para delitos contra la libertad sexual son penas muy bajas", afirma y considera fundamental uno de los cambios que recoge esa propuesta de reforma como es incluir en la agresión el supuesto de la mujer privada de su consciencia a la hora de consentir o no. Sin embargo insiste en que es un error igualar agresión y abuso porque eso es lo que ha significado una rebaja de penas. "Hay que diferenciarlo", remarca. 

También está a favor de la diferenciación entre ambos el catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV Juanjo Álvarez que, sin embargo, opina lo contrario que la abogada de Clara Campoamor. "A mí me parece que la ley orgánica del 'sólo sí es sí' es una muy buena ley", asegura si bien entiende que no está bien hecha.

El problema de la ley es que la inclusión en un solo ámbito como acoso, abuso o agresión. Juanjo Álvarez, catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV

"Diferenciar entre abuso y agresión no es revictimizar. Es la única manera porque hay un evidente agravamiento. No tiene nada que ver con el consentimiento", afirma Juanjo Álvarez. "Con la ley anterior y la actual hay un agravante cuando hay penetración y eso debe ser objeto como prueba", señala. Y es que la violencia siempre es un agravante, afirma el catedrático. 

Consentimiento y calvario probatorio

Como a la abogada de Clara Campoamor, a la técnico especialista de Medicina Legal, Patricia Alcaraz esta ley de Igualdad no le gusta porque en su opinión se ha vendido una idea del consentimiento que no se ajusta a derecho. Y es que Podemos ha centrado el debate en si el consentimiento está en el centro de la ley o no porque en opinión de la formación morada introducir el concepto de violencia nos devuelve a la legislación anterior y hace que las víctimas pasen por lo que denominan "calvario probatorio". 

La forense es clara y considera un "absurdo" lo del calvario probatorio. "Cuando una víctima sufre una violación y va al hospital se hacen las pruebas lo primero para ver qué le han hecho. Se lleva a cabo una inspección externa e interna. Eso se lleva al juicio. La víctima declara y se contrasta con pruebas objetivas. Son cuestiones objetivas para dejar claro que ha existido la violencia. Lo que hace es clarificar las cosas y enviar a la gente a prisión", defiende Patricia Alcaraz. 

Lo del calvario probatorio es un absurdo. Patricia Alcaraz

Ante las declaraciones de la ministra de Igualdad que afirma que es difícil probar la violencia en un juzgado, es tajante. "Sí es fácil probar en un juzgado la violencia. Son médicos forenses especialistas en este tipo de pruebas", explica Patricia. "Y no es sólo la violencia o la lesión", añade la letrada Ana Hernando. "No nos olvidemos de la declaración de la víctima. Hay más elementos de prueba que los puramente físicos. En los juzgados se prueba todo", afirma. 

Y es que las pruebas médicas y forenses no son solo en la parte externa de los genitales cuando ha habido una violación. "Aunque te relajes, por dentro no puedes. Hay fisuras y eso en el examen ginecológico se ve aunque no te hayas resistido. Eso es lo que demuestra el no consentimiento", añade.

En cuanto al consentimiento no ha cambiado nada respecto al anterior código penal. Ana Hernando, abogada de Clara Campoamor

Para Ana Hernando el debate se ha construido sobre una mentira. "Se traslada la idea de que la víctima pone una denuncia diciendo simplemente yo no consentí y ya está. pero no. La presunción de inocencia va a permanecer. Por eso centrarlo en el consentimiento es una falacia y una mentira", remarca. 

Juanjo Álvarez añade que "no hay ninguna ley que pueda liberar de la carga procesal cuando se diga que no hay consentimiento" y lo explica. "La ingenuidad de la ley que habla de consentimiento en términos positivos, es decir, mediante actos que expresen de manera clara la voluntad de la persona, pero eso forma parte del ámbito privado. El problema es el contrario, cuando decimos que no hay consentimiento", destaca.

Se ha construido un relato sobre la ley que no se correspondía con la realidad de la ley en esta parte penal y en el hecho de agrupar esas dos categorías de abuso y agresión en una sola.

Para Juanjo Alvarez ese es el verdadero problema. "Es un error de técnica legislativa" no diferenciar entre los dos tipos de delito, abuso y agresión. En este aspecto considera Ana Hernando que es oportuno agravar las penas. También Juanjo Alvarez está de acuerdo pero siempre argumentando y esto, dice, "pasa por la diferenciación de tipos y esto no es desproteger a la mujer", defiende. 

"Una norma penal no es buena solo porque agrave las penas sino porque guarde una proporcionalidad", defiende Juanjo Álvarez que avisa, "está justificado que se produzca la elevación pero si se hace y no se diferencia por el hecho de que exista además violencia o intimidación en la agresión sexual, es muy probable que esa ley se declarara inconstitucional". Pide que dejen hablar por ello a los técnicos y alejarse del debate político. 

 



2023-02-09T11:53:50+01:00
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