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Según se indica desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, "con fecha 30/07/2025 se ha publicado el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo".
Un texto que no se queda ahí. "En virtud de este real decreto-ley, que ha entrado en vigor el 31/07/2025, se incrementa la duración de la suspensión del contrato de trabajo y permisos por nacimiento y cuidado de menor, así como el ámbito subjetivo del subsidio no contributivo por nacimiento y cuidado de menor", se añade.
"Tienes dos semanas de permiso retribuido si cumples con este requisito", según un abogado laboralista
Con más de 635.000 visualizaciones y más de 7.600 me gustas, la publicación del abogado laboralista Juanma Lorente, con nombre de usuario @juanmalorentelaboralista y que cuenta con más de 530.000 seguidores en TikTok y más de 372.0000 seguidores en Instagram, no ha dejado a nadie indiferente. En ella, el experto y creador de contenido habla de un permiso retribuido de dos semanas a partir del próximo 1 de enero si se cumple un requisito.