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Certificado de penales sexuales, delaración de responsabilidad y multas de 45.000 euros para evitar otro 'caso Bernedo'

PNV y PSE promueven una reforma legal para garantizar las actividades responsables en campamentos de tiempo libre para menores y jóvenes
Uno de los muros del campamento de Bernedo. / NTM

El PNV y el PSE-EE han presentado en el Parlamento Vasco una iniciativa para reformar la ley de Juventud de Euskadi de 2022 con el objetivo de establecer más controles sobre la organización de campamentos de tiempo libre y fijar unas sanciones más estrictas. Además de exigir al monitorado el certificado negativo de delitos sexuales, como ya obligaba la ley de la Infancia de 2024, la reforma contempla como infracciones graves muchos supuestos que hasta ahora eran considerados leves y se liquidaban con un simple apercibimiento o una multa de hasta 900 euros. Tras el escándalo generado por lo ocurrido en el udaleku de Bernedo (Araba), investigado tras ser objeto de una veintena de denuncias por supuestos delitos contra la libertad sexual de menores, el Gobierno Vasco ya ha activado varias medidas operativas para mejorar los controles, como nuevos protocolos o la creación un cuerpo de inspección en cada Territorio para detectar campamentos clandestinos y supervisar que los udalekus comunicados a las instituciones cumplan con la normativa vigente.

Para subsanar las lagunas que el caso Bernedo ha dejado al descubierto, los socios del Ejecutivo Pradales han propuesto la reforma urgente de la Ley de Juventud para que los cambios entren en vigor este mismo verano. Son cuatro los cambios clave. Uno de los más relevantes es la eliminación de la comunicación previa obligatoria. A partir de ahora, el inicio de cualquier actividad infantil o juvenil se gestionará mediante una declaración responsable ante la Administración competente. Este mecanismo agiliza los tiempos, pero traslada toda la carga de la prueba y la responsabilidad jurídica a la entidad, que debe garantizar el cumplimiento de toda la normativa vigente desde el primer minuto.

Para extremar la seguridad de los participantes, la reforma exige que todo el personal en contacto habitual con menores cuente con un certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. Como novedad, este documento deja de ser permanente y deberá ser renovado anualmente para garantizar una vigilancia continua sobre los antecedentes del equipo. En tercer lugar, el reconocimiento oficial los campamentos –ya sean de titularidad pública o privada– ya no será automático. Las entidades deberán superar un proceso de acreditación reglamentaria que culminará con una resolución administrativa expresa de las diputaciones de las que depende, asegurando que se cumplen con los estándares de calidad y seguridad exigidos.

NUEVO RÉGIMEN SANCIONADOR

El nuevo régimen de infracciones se rige por la filosofía de tolerancia cero ante la negligencia. La normativa reclasifica diversas conductas, elevando la gravedad de ciertos incumplimientos que anteriormente eran considerados leves o menos restrictivos. Se consideran infracciones graves la ausencia de seguros de responsabilidad civil, la falta de certificados de delitos sexuales del personal o la carencia de medidas de seguridad obligatorias. Estas conductas serán castigadas con multas de entre 901 y 9.000 euros o la prohibición de acceder a ayudas públicas por un período de 1 a 3 años.

El máximo rigor se aplicará si se contrata a personas con antecedentes penales en el Registro de Delincuentes Sexuales, la promoción de conductas discriminatorias o violentas y cualquier negligencia que comprometa los derechos fundamentales de los menores. Las infracciones muy graves serán castigadas con multas de hasta 45.000 euros, la prohibición de acceder a ayudas públicas por un período de 3 a 5 años o el cierre definitivo de las instalaciones. Entre las infracciones muy graves se tipifican también las actuaciones que promuevan el racismo, la xenofobia, la violencia machista o cualquier otro tipo de violencia.

La consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, Nerea Melgosa, ha dicho que esperan que esta reforma esté aprobada en un plazo de dos meses, con lo que sería de aplicación para el próximo verano. Ha anunciado que la intención es no quedarse en esta reforma de la ley de Juventud sino en dar más pasos para mejorar el control de los campamentos, como campañas de información pedagógica a las familias que lleven a sus hijos a los mismos. Preguntada sobre la anunciada apertura de Bernedo, Melgosa ha aclarado que solo se hará efectiva si cumplen todos los requisitos.

PROPOSICIÓN DE LEY PARA CAMBIAR LA LEY VASCA DE JUVENTUD

Los cambios clave en la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud, son los siguientes:

  1. Declaración responsable: Se sustituye la comunicación previa por una declaración responsable al inicio de las actividades de tiempo libre infantil y juvenil. ​ Esto garantiza que la entidad organizadora asuma la responsabilidad legal del cumplimiento de los requisitos y normas aplicables. ​
  2. Certificado negativo de delitos sexuales: Se exige que el personal que tenga contacto habitual con menores de edad disponga de un certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, renovable anualmente. ​
  3. Reconocimiento oficial de servicios y equipamientos: El reconocimiento oficial de servicios y equipamientos juveniles, tanto públicos como privados, se realizará mediante resolución administrativa previa solicitud y acreditación de los requisitos reglamentarios. ​
  4. Régimen de infracciones y sanciones:
  • Infracciones graves: Incluyen no contar con seguro de responsabilidad civil, no disponer del certificado negativo de delitos sexuales, no tener medidas de seguridad necesarias, entre otras. ​
  • Infracciones muy graves: Incluyen dar ocupación a personas con antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, promover violencia o discriminación, y negligencia en la prestación de servicios básicos que afecten los derechos de los menores. ​

RÉGIMEN SANCIONADOR

  1. Infracciones leves: Sanción con apercibimiento o multa de hasta 900 euros. ​
  2. Infracciones graves:
  • Multa entre 901 y 9.000 euros. ​
  • Prohibición de acceder a ayudas públicas por un período de 1 a 3 años. ​
  • Inhabilitación temporal de la persona responsable por el mismo período. ​
  • Suspensión del reconocimiento del servicio o equipamiento por hasta 6 meses. ​
  • Cierre temporal del servicio o equipamiento por hasta 12 meses. ​
  1. Infracciones muy graves:
  • Multa entre 9.001 y 45.000 euros.
  • Prohibición de acceder a ayudas públicas por un período de 3 a 5 años. ​
  • Inhabilitación temporal de la persona responsable por el mismo período. ​
  • Cierre temporal del servicio o equipamiento por hasta 12 meses. ​
  • Cierre definitivo del servicio o equipamiento. ​

Ha defendido la “tolerancia cero” ante negligencias y actitudes que pongan en riesgo los derechos de los menores y jòvenes en los campamentos de verano y ha afirmado que la reforma de la ley de Juventud busca que las actividades de ocio “tengan los certificados sexuales al día” entre otros documentos, lo que se traduce en “transparencia, rigor y sobre todo fortalecer al ocio y tiempo libre”. Ha subrayado que el registro de la iniciativa por parte de PNV y PSE-EE surge del “compromiso” que el Gobierno Vasco asumió por los sucesos en Bernedo para “garantizar los derechos de niños y niñas en el tiempo libre”, con lo que “se pasa del compromiso a la acción”. Por otra parte ha destacado la importancia del registro de entidades que surge de una “coordinación exhaustiva entre las diputaciones, Gobierno Vasco y Eudel”.

21/02/2026