Política

Estas son las medidas que caen con la derogación del decreto del 'escudo social'

No solo deja sin efecto la suspensión de los desahucios de las familias vulnerables, sino también otras medidas de índole fiscal y empresarial
Imagen de archivo de protesta contra un desahucio. / EP

La derogación en el Congreso, por segunda vez en un mes, del decreto del 'escudo social' no solo deja sin efecto la suspensión de los desahucios de las familias vulnerables, sino también otras medidas de índole fiscal y empresarial.

Medidas principales del decreto

Entre las medidas que recogía el nuevo decreto destacan:

  • Prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 de la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, incluyendo compensación al arrendador.
  • Ampliación del plazo para someter a mediación o conciliación los desahucios suspendidos cuando el arrendador es gran tenedor.
  • Prórroga del bono social energético.
  • Garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables.
  • Adaptación de la tasa de retribución financiera de sistemas eléctricos no peninsulares para el periodo regulatorio 2026-2031.
  • Prohibición de despido para empresas beneficiarias de ayudas públicas.
  • Prórroga de los umbrales de facturación que permiten a autónomos acogerse al régimen de módulos de IRPF e IVA, así como al régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.
  • Exención de IRPF de las ayudas por daños personales provocados por incendios forestales.
  • Prórroga de ayudas a la reconstrucción de municipios afectados por la dana y exención de IRPF e Impuesto de Sociedades para las personas y empresas afectadas.
  • Bonificación por compra de vehículos eléctricos o instalación de postes de recarga, deducible hasta el 15 % del importe en el IRPF.
  • Bonificación fiscal por inversión en obras de eficiencia energética.
  • Prórroga del criterio que permite que las pérdidas sufridas por empresas en 2020 y 2021 por la pandemia de la COVID sigan sin computar a efectos de disolución.
  • Mantenimiento del porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias en el IRPF.
  • Posibilidad de renunciar extraordinariamente a la llevanza de los libros registro del IVA en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y al registro de devolución mensual.
  • Flexibilización de requisitos para ser considerado un operador de hidrocarburos confiable.
  • Prórroga de la suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocadas por diversos acontecimientos naturales; las pérdidas de 2020 y 2021 no se considerarán hasta el cierre del ejercicio que se inicie en 2026.
  • Actualización de las entregas a cuenta a las comunidades autónomas.
  • Actualización de las entregas a cuenta a entidades locales.
  • Régimen de endeudamiento autonómico.
  • No exigibilidad de devolución de ingresos indebidos por las cuotas nacionales de telefonía móvil devueltas o que se devuelvan por el Estado a las compañías de telefonía móvil.

No han tenido la misma suerte otros dos decretos del Ejecutivo que sí han logrado prosperar y son los que revalorizan las pensiones para este año 2026 y para dar ayudas económicas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona). También se ha acordado que las dos normas se tramiten como proyecto de ley.

26/02/2026