Economía

El trámite obligatorio en la Seguridad Social a partir de los 26 años

El organismo recuerda una formalidad necesaria que puede afectar a la atención sanitaria
Tarjeta sanitaria de la Seguridad Social de la Comunidad de Madrid.

La cobertura de la Seguridad Social cada vez es más amplia y generalizada a más colectivos. Los menores tienen cubiertas sus contingencias mediante la tarjeta de sus padres o tutores legales hasta que tienen la suya propia al afiliarse con su primer trabajo, aunque sea temporal o parcial, o hasta que cumplen una determinada edad.

Por eso no debes desatender el llamamiento que realiza la Seguridad Social para los casos de los hijos mayores. Esta alerta es para los hijos que han llegado a la edad de 26 años y aún no se han estrenado en el mercado laboral, ya que este es el límite en el una persona deja de ser beneficiaria de la tarjeta sanitaria de sus padres. Pero si tienes entre los 16 y los 26 años y estás o has estado trabajando, ya tienes tu propio número de la Seguridad Social.

La entidad, ante el desconocimiento que muchos sectores de la población de esta normativa, ha lanzado un nuevo aviso dirigido a los jóvenes que vayan a cumplir 26 años, y sus padres que suelen ser los más se preocupan por estos formulismos, recordando que desde la fecha en la que cumplan esa edad deberán contar con una tarjeta de titular de la Seguridad Social. La excepción son los hijos que superen esta edad si tienen una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 65%.

A partir de esa edad años ya no se puede ser beneficiarios de la Seguridad Social de los padres, aunque no trabajen ni coticen. Por ello debes realizar este trámite de manera presencial u on line en la Seguridad Social, el organismo la que ofrece la cobertura sanitaria toda la ciudadanía. Si a partir de los 26 años vas al médico y en tu tarjeta de la Seguridad Social indica que eres beneficiario de tus padres, puede generarte inconvenientes o problemas. Obviamente los médicos no te van a dejar tirado sin atenderte, pero te recordarán la necesidad de cumplir este requisito para posteriores ocasiones tal y como indica la normativa vigente.

La mecánica es tan sencilla como sacarte una nueva tarjeta de la Seguridad Social en la que indique que tú eres el titular. Esta nueva tarjeta tendrá un nuevo número de la Seguridad Social y aparecerá a partir de entonces en tu tarjeta sanitaria, y será el que te corresponda cuando cotices como empleado por cuenta ajena o autónomo.

La tramitación es sencilla y los requisitos, simples: residir legalmente en España y no tener cobertura sanitaria obligatoria por otro cauce.

Tramitar esta solicitud en persona puede ser más costoso en tiempo dados los problemas para conseguir una cita presencial debido a la saturación que para los diversos trámites está sufriendo el organismo oficial. Pero cuando hayas conseguido una cita en sus oficinas sólo necesitarás tu DNI o NIE y el certificado de empadronamiento, que te facilitará sin demora tu ayuntamiento. La propia Seguridad Social permite realizar esta gestión a través de su página en internet, completando el formulario on line y adjuntando escaneados digitalmente los documentos requeridos.

Naturalmente, si acabas de cumplir los 26 años y aún no tienes número de la Seguridad Social propio puedes obtenerlo cuando accedas a tu primer trabajo. Y en ese caso será la empresa la que realice todas las gestiones pertinentes.

Para los menores de 26 años que hayan estado inscritos al acceder al mercado laboral y luego hayan perdido el trabajo siempre es posible volver a vincularse a la tarjeta de uno de sus progenitores siempre y cuando el hijo siga viviendo con estos y esté a su cargo. La página web de la Seguridad Social facilita también este trámite.

03/04/2023