Actualizado hace 7 minutos
El Tribunal Supremo ha rechazado llevar el proceso de regularización extraordinaria de inmigrantes desarrollado en España al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado preguntar a la justicia europea si choca con el derecho comunitario, una posibilidad que plantearon hace unas semanas tres magistrados de esa sala. Asimismo, ha descartado suspender el real decreto del pasado 14 de abril por el que la regularización se puso en marcha y que fue recurrido por las comunidades Valenciana y de Aragón.
La decisión, adoptada por unanimidad por la Sala Tercera, supone un importante espaldarazo al proceso de regularización mientras el alto tribunal continúa resolviendo el fondo del recurso presentado por las dos comunidades autónomas, ambas presididas por el PP. En sus recursos señalaban que la medida podría afectar al conjunto del espacio europeo de libertad, seguridad y justicia, especialmente por sus implicaciones en materia de asilo, retorno y libre circulación dentro del espacio Schengen.
El alto tribunal español había planteado el pasado 30 de junio la posibilidad de consultar al TJUE mediante una cuestión prejudicial para aclarar si algunos aspectos del real decreto podían entrar en conflicto con el derecho de la Unión Europea. Pidió a las partes que manifestaran su parecer sobre la compatibilidad con el Convenio Schengen, el reglamento europeo de esta materia y el Tratado de la UE "de una medida adoptada por un Estado miembro mediante una norma reglamentaria de rango infralegal en el marco de una regularización de carácter masivo y sin que conste coordinación previa al respecto con los demás estados miembros".
Los magistrados señalaron que el real decreto incorpora dos disposiciones adicionales que son las que contienen el proceso de regularización para la obtención de permisos de residencia para extranjeros en situación irregular en España.
"No se trata, pues, de un reconocimiento individualizado de dicho permiso, sino de un régimen general a nivel normativo para todos aquellos ciudadanos de terceros países que se encontrasen en España en situación irregular, debiendo reunir determinadas condiciones, ahora irrelevantes", explica la resolución.
La Generalitat Valenciana advirtió de que la regularización puede afectar no solo a España, sino al conjunto del espacio europeo de libertad, seguridad y justicia, especialmente por sus efectos sobre asilo, retorno y circulación Schengen.
Aragón, por su parte, consideró la "infracción o colisión de la normativa estatal con el derecho comunitario", como argumento clave para acudir a la Justicia europea y acordar también la suspensión.
Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones recuerdan que es la segunda ocasión en la que el Tribunal Supremo desestima adoptar medidas cautelares para paralizar el procedimiento, "que sigue desarrollándose con total normalidad una vez concluido el plazo para presentar solicitudes".
Las citadas fuentes explican que se siguen revisando las solicitudes presentadas y se están remitiendo ya autorizaciones provisionales a todos los puntos de España.
Y que todas las solicitudes que se han presentado correctamente, cumpliendo con los requisitos y que no están pendientes de ningún trámite más, están recibiendo la autorización correspondiente a su admisión a trámite.
Devoluciones en caliente
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado en una sentencia que la ley de extranjería no permite aplicar el rechazo en frontera, también conocido como devoluciones en caliente, a las personas migrantes interceptadas en alta mar, que pretenden entrar a nado en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Así lo establece la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que ha confirmado que la disposición adicional décima de la ley de extranjería no permite aplicar el rechazo en frontera y apunta que lo conveniente es aplicar el procedimiento de devolución del artículo 58.3 de dicha ley.