Política

El Supremo confirma la absolución de la activista independentista Tamara Carrasco

La activista de los CDR Tamara Carrasco en una concentración-.

El Tribunal Supremo ha confirmado, en contra del criterio de la Fiscalía, la absolución de Tamara Carrasco, miembro de los Comités de Defensa de la República (CDR) que fue detenida en 2018 y que estaba acusada de un delito de incitación a desórdenes públicos en Cataluña.

Según ha avanzado el alto tribunal este martes, el pleno de la Sala de lo Penal ha desestimado, por mayoría de once votos a cinco, el recurso del ministerio fiscal, que pedía una condena para Carrasco al entender que los wasaps que envió animando a ocupar el puerto o el aeropuerto de Barcelona en 2018 fueron un "punto de partida en el proceso hacia la violencia real".

De esta forma, la Sala avala el criterio de la Audiencia Provincial de Barcelona, que confirmó a su vez la sentencia de un juzgado de lo Penal de la capital que eximió de responsabilidad penal a la acusada.

Cinco magistrados no han estado de acuerdo con el criterio de la mayoría, incluido el ponente inicial de la sentencia, Ángel Hurtado, que emitirá un voto particular discrepante.

Junto a él han discrepado el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, y los magistrados Antonio del Moral, Julián Sánchez Melgar, Pablo Llarena y Vicente Magro.

Todos ellos plasmarán también su criterio en votos particulares, que se conocerán más adelante junto a la sentencia, que será finalmente ponencia del magistrado Javier Hernández.

La activista Tamara Carrasco fue detenida en 2018 y acusada de terrorismo, y permaneció más de un año confinada en Viladecans (Barcelona) por orden de la Audiencia Nacional, pero finalmente fue juzgada por un delito de incitación a los desórdenes públicos por enviar wasaps sobre movilizaciones independentistas planeadas para la Semana Santa de 2018, entre ellas la ocupación del puerto y el aeropuerto de Barcelona, que no llegaron a consumarse.

La juez la absolvió al concluir que enviar mensajes o consignas a un grupo de amigos en un chat de WhatsApp no constituye una difusión o distribución pública de su contenido.

Sin embargo, la Fiscalía consideraba que, con independencia del número de miembros del chat al que la acusada envió sus mensajes, Whatsapp es "un potencial canal de distribución a gran escala", como lo demuestra el hecho de que sus audios llegaron incluso a teléfonos de la Guardia Civil.

Para el ministerio público, el contenido de los mensajes y la "colaboración masiva" que solicitaba Carrasco para acciones que "necesariamente precisaban de un alto número de participantes pone de relieve que la acusada precisamente pretendía que llegara a un gran numero de personas" o al menos así debió preverlo.

01/06/2022