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El seguro de patinetes no será exigible este 2 de enero al no estar operativo su registro

La ley contempla sanciones para este tipo de vehículos que circulen sin seguro de entre 200 a 1.000 euros
Una persona con patinete por Vitoria / DNA

El seguro obligatorio para los Vehículos de Movilidad Personal (VPM), entre ellos los patinetes, no será exigible este 2 de enero, como establecía la ley que introdujo su obligatoriedad, al no estar aún regulado y operativo el registro en que deben estar inscritos.

La Dirección General de Tráfico (DGT) informó el pasado martes de que, aunque el real decreto que dará cobertura a la inscripción de los VPM se tramita por vía de urgencia, no será posible que esté aprobado antes del 2 de enero.

Por ello, mientras se tramita la regulación del registro no será aplicable la obligación previa al aseguramiento de estos vehículos hasta que el registro esté regulado y operativo.

No obstante, en el caso de VPM de más de 25 kilos y velocidad de más de 14 kilómetros/hora sí que deberán estar asegurados sin necesidad de inscripción en el registro de estos vehículos, teniendo de plazo hasta el 26 de enero.

La ley que creó el seguro obligatorio para los Vehículos de Movilidad Personal se publicó a finales de julio en el BOE, estableciendo el 2 de enero como fecha de entrada en vigor. Además, para entonces el Gobierno debería poner en marcha un registro público de este tipo de vehículos.

El periodo de información pública del proyecto de reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de los VPM, que elabora el Ministerio de Economía, finalizó el 19 de diciembre y el del que modifica el Reglamento General de Vehículos para crear su registro, elaborado por el Ministerio del Interior, el 16 de diciembre.

Para poder contratar el seguro obligatorio de un VPM, el vehículo tiene que estar inscrito en el registro de la Jefatura Central de Tráfico y tener una etiqueta identificativa con el número de inscripción asignado o, en su caso, matrícula.

Por el momento, se desconoce el plazo que habrá para inscribir los VPM, los más conocidos los patinetes eléctricos de los que puede haber entre medio y un millón en el Estado.

A pesar de no estar en vigor el seguro obligatorio, la Ley 5/2025, que modificó la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobada en julio pasado, establece que el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es el garante en los accidentes provocados por vehículos sin seguro en los que se produzcan daños personales, aunque no cubre los materiales.

La ley contempla sanciones para aquellos vehículos personales ligeros que circulen sin seguro obligatorio a partir de que éste sea exigible, que pueden ir de 200 a 1.000 euros.

Hasta la nueva normativa asegurar un patinete eléctrico era voluntario y las compañías más importantes tienen desde hace tiempo seguros para estos vehículos, aunque ahora deberán ver si hay que adaptarlos a las disposiciones reglamentarias o crear también específicos con los requerimientos del obligatorio, como el capital mínimo y el tipo de vehículos a asegurar.

Según datos de la Fundación Mapfre, en 2024 hubo 396 siniestros en que se vieron implicados Vehículos de Movilidad Personal (VMP), un 23 % más que en 2023, con 240 heridos y catorce fallecidos (trece usuarios de VMP y un motociclista que murió en un siniestro con un VMP implicado).

El seguro obligatorio garantizará la cobertura de responsabilidad civil en los siniestros provocados por VMP, con importes en la indemnización por daños a las personas de 6,45 millones por siniestro cualquiera que sea el número de víctimas causadas; mientras que para los daños en bienes es de 1,3 millones por siniestro, según la ley.

El seguro obligatorio no cubre la explosión o combustión espontánea de un vehículo cuando se guarda o transporta como objeto o mercancía, o se deja estacionado en un inmueble fuera de un lugar destinado a aparcamiento.

27/12/2025