Política

El PNV propone en el Congreso un cambio legal para ejecutar desahucios en 48 horas en casos de ocupación

Para los jeltzales, "ninguno de los cauces legales actualmente previsto en la vía penal para procurar el desalojo de la ocupación de viviendas resultan plenamente satisfactorios"
Pisos en Barcelona.

El PNV ha propuesto en el Congreso acometer un cambio legal rápido que permitiría a la Justicia ejecutar desahucios en un plazo de 48 horas en casos de ocupación de viviendas ajenas. Para que prospere, necesita que el PP o el PSOE se sumen a la iniciativa, puesto que partidos como ERC o Sumar suelen votar en contra de este tipo de medidas.

La propuesta se ha registrado como enmienda al proyecto de ley derivado del decreto ley de medidas urgentes en materia de servicio público de Justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, que fue convalidado por el Congreso a finales de enero y que después se tramitó como proyecto para abrir la puerta a introducir cambios.

La enmienda del PNV, a la que ha tenido acceso Europa Press, busca modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para introducir un nuevo artículo que permita que, en los casos de delito de ocupación de una vivienda (artículo 245 Código Penal), el juez o tribunal adopte motivadamente "la medida de desalojo en el plazo máximo de 48 horas desde la petición cautelar por la persona física propietaria o poseedora legítima por otro título, sin necesidad de prestar caución, en tanto en cuanto, una vez requeridos los ocupantes del inmueble, no exhiban el título jurídico que legitime la permanencia" en el mismo.

PRIMERO DESALOJO Y LUEGO REALOJO DE VULNERABLES

Y añade que, "acordado el desalojo y antes de su ejecución", será cuando se avise a los servicios públicos competentes en materia de política social para facilitar el realojamiento de los ocupantes "en caso de especial vulnerabilidad o demás circunstancias del caso".

El PSOE llegó a registrar una enmienda la pasada legislatura para permitir desahucios en 48 horas, pero limitado a casos de allanamiento de morada, no a personas que no pudieran afrontar el pago de un alquiler o una hipoteca, pero sus socios de Unidas Podemos adelantaron su voto en contra. El PP fue más allá y abogó por permitir desalojos a las 24 horas, mientras que Vox habló de dar "una patada en el culo a los okupas", aunque sin precisar cómo.

Pero esas propuestas decayeron con la disolución de las Cortes de hace un año y ahora es el PNV quien pone sobre la mesa esta modificación legal que, de acordarse, podría salir adelante en pocas semanas. De momento, el Congreso no ha puesto fecha a la discusión del proyecto de ley ni sus enmiendas.

Los jeltzales justifican su reforma en que "la realidad social evidencia que la ocupación de viviendas ocasiona un evidente perjuicio a sus titulares", además de perjudicar el entorno por causar "problemas de convivencia", riesgos de incendios y una "paulatina degradación del entorno urbano o devaluación de los inmuebles próximos".

LOS 'OKUPAS' Y LAS MAFIAS

Además del "carácter transgresor del movimiento ocupa", el PNV alerta contra "determinados grupos que operan en la más absoluta clandestinidad" que obtienen beneficios económicos por la ocupación de viviendas utilizando a personas en situaciones de necesidad y exigiendo una compensación al propietario.

En su opinión, "ninguno de los cauces legales actualmente previsto en la vía penal para procurar el desalojo de la ocupación de viviendas resultan plenamente satisfactorios y, en todo caso, se demoran temporalmente de forma extraordinaria, con los consiguientes perjuicios de los legítimos titulares de la vivienda, en muchos casos también con una difícil situación económica, personal o familiar".

"Actualmente, la recuperación inmediata de la vivienda por el propietario no es sencilla en la vía penal, lo cual hace necesario una revisión de los instrumentos y mecanismos legales a nuestra disposición", argumentan.

Según el PNV, "la medida cautelar de desalojo tiene no sólo por objeto garantizar el buen fin del proceso o el cumplimiento de una sentencia futura, sino dar fin a la comisión del hecho delictivo".

"De lo contrario, permitir el mantenimiento de una situación mediante la cual permanezca en una vivienda ajena que no constituyan morada contra la voluntad de su titular, supondría tolerar una conducta a través de la cual se estaría cumpliendo la vertiente típica del delito de usurpación del artículo 245 del código Penal, algo que más allá de la protección a dispensar al perjudicado, debe ser lógicamente impedido por los jueces y tribunales", remarcan.

18/03/2024