Política

La Justicia belga anula el fallo contra la extradición de Valtònyc

Valtònyc y su abogado, Paul Bekaert, en 2018.

El vía crucis judicial del rapero Valtònyc en Bélgica, que se prolonga desde 2018, está lejos de llegar a su fin al revocar hoy la Justicia de dicho país la decisión del Tribunal de Apelación de Gante, que el pasado mes de diciembre rechazó su entrega al Estado español.

Sin embargo, un recurso de la Fiscalía a dicha decisión ha sido estimado parcialmente por el Tribunal de Casación de Bélgica y ahora el Tribunal de Gante tendrá que volver a analizar su dictamen sobre la situación de Josep Miquel Arenas, más conocido como Valtònyc. España reclama la entrega del rapero por un delito de injurias a la Corona, al que fue condenado por la Audiencia Nacional, lo que motivó su exilio en el país belga.

El fallo lo ha dado a conocer el abogado el cantante, Gonzalo Boye –también letrado de Carles Puigdemont y de otros dirigentes independentistas–, que ha publicado a través de Twitter que la Corte de Casación "ordena devolver la causa al Tribunal de Apelación de Gante para que reformule su decisión", pero solamente por el delito de injurias a la Corona. Es decir, desestima la parte del recurso de la Fiscalía que hacía referencia a enaltecimiento del terrorismo y amenazas.

Otros jueces tomarán la decisión

Según han explicado a Efe fuentes jurídicas belgas, aunque el caso vuelva al Tribunal de Apelación de la ciudad flamenca que denegó la extradición a España el mes pasado, en esta ocasión serán otros jueces distintos los que deban tomar la decisión sobre el rapero.

En la decisión de diciembre del Tribunal de Gante, los magistrados consideraron que las letras de las canciones que Valtònyc escribió en 2012, y por las que le reclama el Estado español, se enmarcan dentro de la libertad de expresión, confirmando la decisión que un juez de primera instancia de la misma ciudad adoptó en 2018.

Ante ese dictamen, la Fiscalía pidió cambiar el delito de enaltecimiento del terrorismo, que no contempla la legislación belga, por el de incitación al terrorismo; y el de injurias a la Corona por insultos comunes. Finalmente, ha sido este último el tipo penal estimado con lo que continúa un caso que la Justicia belga lleva analizando ya casi cuatro años.

Y es que fue en 2018 cuando Josep Miquel Arenas se trasladó a Bélgica para evitar ingresar en prisión al confirmarle la Audiencia Nacional una condena a tres años y medio de prisión por los delitos de injurias a la Corona, enaltecimiento del terrorismo y amenazas.

El proceso se ha alargado durante este tiempo por las interrupciones a las que ha obligado la pandemia y por las dudas que el Tribunal de Apelación planteó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y al Tribunal Constitucional belga antes de adoptar su decisión.

En concreto, los magistrados preguntaron al Constitucional si la ley de injurias a la Corona que Bélgica aprobó en el sigo XIX seguía siendo válida, recibiendo respuesta negativa. Respecto a la petición al TJUE, los jueces querían saber si debían comparar el Código Penal belga con el español de 2015 o con el de 2012, vigente cuando el rapero publicó las canciones en discordia. Finalmente, la corte europea señaló que la euroorden debía analizarse en base al de 2012, eliminando así la entrega por enaltecimiento del terrorismo.

19/01/2022