Política

La jueza de la dana responde a Mazón: "Nadie le obliga a ser parte del procedimiento"

La magistrada sostiene que su petición equivale a una solicitud de sobreseimiento y advierte de que su tesis exculpatoria señala a Salomé Pradas
El expresident de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón. / EP

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana ha respondido al escrito presentado por la defensa del expresident de la Generalitat Carlos Mazón y le ha recordado que puede abandonar el procedimiento si considera que no existe nada que se le pueda imputar. "Si el aforado estima que no hay nada que se le pueda imputar, en buena lógica puede apartarse del procedimiento. Nadie le obliga a ser parte de las presentes diligencias previas", señala la magistrada en un auto.

Mazón había solicitado que la jueza precisara si existe alguna línea de investigación abierta o pendiente de apertura sobre una eventual responsabilidad penal por su actuación. En caso contrario, reclamaba que se hiciera constar expresamente. El expresident sostenía que no existe ninguna prueba de que impartiera instrucciones sobre el envío del ES-Alert ni de que ordenara retrasarlo. También analizó 42 fallecimientos para defender que no se ha acreditado una relación causal individualizada entre una actuación suya y esas muertes.

Una "extensa solicitud de sobreseimiento"

La magistrada interpreta el escrito como una "extensa solicitud de sobreseimiento" dirigida a un juzgado que no puede adoptar esa decisión porque Mazón es aforado y, además, no figura como investigado. La jueza rechaza que se esté realizando una "investigación personal prospectiva" sobre el expresident y califica esta acusación de "afirmación hueca, sin refrendo ni mención a diligencia alguna que tenga tal carácter". Según explica, su defensa confunde las actuaciones que pueden afectar a una persona aforada con una investigación dirigida contra ella.

También recuerda que Mazón solicitó personarse en el procedimiento, una decisión que le permite proponer pruebas, intervenir en las diligencias y ofrecer directamente su versión de lo ocurrido. Sin embargo, subraya que "ni ha declarado ni ha solicitado declarar". La magistrada destaca asimismo que la defensa pudo acceder a las actuaciones desde el 15 de junio, aunque no lo hizo hasta el 31 de julio, un mes y medio después.

Los mensajes entre Cuenca y Pradas

El escrito de Mazón analiza también los mensajes intercambiados entre su exjefe de gabinete, José Manuel Cuenca, y la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas, investigada en la causa. La jueza considera "ocioso e improcedente" volver a pronunciarse sobre su valor probatorio porque el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ya abordó esta cuestión.

La magistrada recuerda, además, que se desconoce si esos eran todos los mensajes que tenía Pradas. Cuenca no aportó los suyos porque habían sido borrados y el propio Mazón tampoco los ha entregado voluntariamente.

El expresident utilizó esos intercambios para sostener que quedaría excluido de responsabilidad en 42 de las muertes analizadas. La jueza responde que nadie le obliga a establecer esa relación de causalidad y que las hipótesis planteadas no están respaldadas por su propia declaración, puesto que no ha comparecido ante el juzgado.

"La falta de avisos resultó mortal"

Mazón argumentó que algunas víctimas habrían fallecido igualmente en sus domicilios pese al mensaje enviado a las 20.11 horas, en el que se pedía evitar los desplazamientos. También señaló que algunas entraron en garajes cuando la situación ya era peligrosa o habían adoptado medidas de autoprotección antes de un hipotético aviso enviado sobre las 20.00 horas.

La jueza rebate esta interpretación y afirma que "la falta de avisos sobre el riesgo que asumía la población al bajar a los garajes resultó mortal". Según sostiene, el desconocimiento del peligro y la ausencia de advertencias adecuadas y suficientemente anticipadas son elementos comunes en los casos mencionados por la defensa.

Para la magistrada, Mazón "confunde las acciones in extremis de las víctimas o de aquellos que intentaban salvar sus vidas con medidas de salvaguarda y autoprotección". Esas medidas, añade, "jamás llegaron a tiempo" y el aviso de las 20.11 horas tuvo un contenido "manifiestamente erróneo e incompleto".

El auto también cuestiona que el expresident se centre únicamente en ese mensaje y omita el enviado a las 20.57 horas a municipios de l'Horta Sud, la Hoya de Buñol, la Ribera Alta y la Ribera Baja. Este segundo aviso recomendaba permanecer en los domicilios y, en las viviendas próximas a ríos y barrancos, alejarse de esas zonas y subir a pisos elevados. La jueza considera que su contenido fue más acertado, pero recalca que llegó "sumamente tarde" y no se envió a toda la provincia.

Una tesis que señala a Pradas

Finalmente, la magistrada sostiene que la tesis exculpatoria de Mazón termina convirtiéndose en "inculpatoria" para Salomé Pradas. Si se afirma que daba igual enviar el aviso de las 20.11 horas que no emitir ninguno porque las muertes se habrían producido de todos modos, razona, se está cuestionando directamente la actuación de quien intervino y autorizó el mensaje.

La jueza rechaza también que el contenido del ES-Alert fuera consensuado y afirma que esa versión desconoce la estructura y el funcionamiento del Cecopi, así como la secuencia de elaboración del aviso y la "intervención y autorización directa" de Pradas.

"No es solo que no se enviara ningún mensaje ES-Alert hasta las 20.11 horas, retrasado con disquisiciones jurídicas absurdas sobre el confinamiento, por no decir lingüísticas, sino que previamente, de forma incomprensible, no se utilizaron otros medios de aviso a la población, absolutamente ajena a los riesgos, especialmente en las zonas donde no llovía", concluye la magistrada.

04/09/2026