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Condenado a 10 meses de cárcel por pedir "fotos sexis" a una niña de ocho años

El Tribunal Supremo subraya que basta con la solicitud de material pornográfico para que exista delito, aunque la menor no llegara a enviar ninguna imagen
Imagen de archivo de una niña con un móvil. / Freepik

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 10 meses y 15 días de cárcel a un hombre que pidió "fotos sexis" a una niña de ocho años, una solicitud que nunca llegó a cumplir porque su abuelo descubrió la conversación y denunció los hechos ante la Guardia Civil. El condenado, tras ser descubierto, pasó tres años en paradero desconocido.

En una sentencia, recogida por Europa Press, la Sala de lo Penal del alto tribunal deja claro que el delito --de abuso sexual en este caso-- se consumó "con la mera solicitud del material pornográfico en el contexto engañoso, sin necesidad de que el menor acepte proporcionarlo o mostrarlo".

El alto tribunal relata que, en noviembre de 2017, el acusado inició una conversación con la menor, de ocho años, "a sabiendas" de que era menor de edad. "Por favor, elimíname o bloquéame", le pidió la niña. El hombre, sin embargo, le preguntó que si quería ser su amiga. Ella aceptó, pero le advirtió de que sus padres le regañarían por hablar con un desconocido.

"Tú disimula, no pasa nada", le conminó el condenado. Fue en ese momento, recoge el fallo, cuando el abuelo materno de la menor descubrió la conversación. Su decisión fue continuar con el intercambio de mensajes, haciéndose pasar por la niña. "Hola, ya hice los deberes", le escribió. Tras un par de mensajes "sin trascendencia", el hombre preguntó a la menor si le gustaban "las fotos sexis".

El condenado no se quedó ahí, y preguntó a la menor --que en realidad era su abuelo-- si quería ver alguna y qué parte de su cuerpo quería ver. "Si yo te mando tú también me mandas", aseguró. "Mañana seguimos que mi abuelo me dice que tengo que dormir adiós", le contestó ella. El acusado le pidió entonces que borrase hasta en tres ocasiones los mensajes: "A ver si te las va a ver (...) Si no no hablo más contigo".

PARA SER DELITO, BASTA CON PEDIRLO

El intercambio de mensajes terminó ahí. La menor "no llegó a enviar fotografía alguna" y el abuelo acudió a un cuartel de la Guardia Civil al día siguiente para denunciar los hechos. El entonces acusado permaneció en paradero desconocido desde agosto de 2018 hasta febrero de 2021.

El Supremo deja claro que este caso es un "supuesto en el que el derecho penal adelanta las barreras de protección castigando en realidad un acto preparatorio", y por lo tanto "no resulta necesario que se mande el material pornográfico, basta con que se embauque a la menor para ello".

"El tipo penal se satisface con el contacto seguido de actos de embaucamiento para obtener de la niña imágenes íntimas, por lo que la conducta descrita en el relato fáctico se encuentra correctamente calificada", concluye el alto tribunal. El Supremo desestima así el recurso de casación interpuesto por el hombre contra la decisión de la Audiencia Provincial de Oviedo de condenarle a 10 meses y 15 días de prisión. Previamente, el Juzgado de lo Penal Número 2 de la ciudad asturiana le impuso 15 meses de prisión, pero la Audiencia redujo la pena al aplicarle la atenuante por dilaciones indebidas.

08/02/2026